Exoneración de IGV en canasta básica

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Gobierno pide tres meses y Congreso hasta diciembre

En medio de la reunión entre Pedro Castillo y los representantes del Congreso de la República, se presentó el proyecto de ley que anunció el ministro Oscar Graham para exonerar del Impuesto General a las Ventas (IGV) hacia algunos productos de la canasta básica.

¿Que plantea ésta medida?

Que ante un escenario bélico internacional u otros de coyuntura similar a este, se pueda aplicar esta medida de suspensión en el cobro del IGV por un periodo de tres meses.

¿Qué se debe cumplir para aplicar esta medida?

De acuerdo a la propuesta, indican que este decisión se tomará cuando el Índice de Precios al Consumido de Lima sea superior al 6%.

Ello se observa al cierre del mes de marzo, en el que se reportó una tasa de 6.82% siendo la tasa más alta desde febrero de 1996.

La segunda condición es que los productos considerados tengan una incidencia superior a 0.12 puntos porcentuales en la inflación o la variación del IPC de Lima Metropolitana.

¿Solo cinco productos exonerados del IGV o más?

El ministro Óscar Graham dijo que esta medida se aplicaría al pollo, huevos, azúcar, harina y productos cárnicos, aunque la norma no lo especifica, pudiendo ingresar otros productos adicionales que cumplan las premisas.

En la exposición de motivos se detalla que, a nivel de productos, el incremento de la inflación en marzo, es explicado por el alza del precio del huevo de gallina (tasa de variación: 16.4%), pollo eviscerado (8.1%), gasohol (11.8%), arveja verde (63.6%), azúcar (20.2%), entre otros.

Propuesta del Congreso para exonerar de IGV

La medida va acompañada de un proyecto de ley presentado por la bancada de Acción Popular, y firmada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, en el que se plantea una medida similar.

En este caso, se específica la exoneración al pollo, huevos, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos. Así, se detalla la partida arancelarias de productos derivados que emplean estos insumos.

Otro de los aspectos que cambia frente a la propuesta del MEF, es que la medida se plantea hasta diciembre de este año, rigiendo desde el primer día de mes siguiente a la fecha de publicación.

Fuente: gestion.pe

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