¿Cuánto de multa debo pagar si omito datos en mi declaración?

0
2468

La SUNAT tiene reglamentos en las que la infracción a ellas, genera multas a los contribuyentes. En este caso, veremos un caso en el cual podamos calcular cuanto de multa correspondería depende al tipo de infracción cometida y si esta multa puede ser descontada.

CASO PRÁCTICO: 

La empresa «Perú Contable SAC» (acogida al regimen general), presentó su PDT 621 del período marzo de 2022, en el que consideró un IGV de ventas de S/. 90,000 y un IGV de compras de S/.50,000.

Al poco tiempo, el gerente descubre que el monto del registro de compras en realidad era de 30,000 soles y se había omitido 20,000 soles en compras. Dada ésta situación, le hace la consulta a un especialista para determinar a cuanto ascendería su multa y si podría tener algún beneficio, ya que no había sido notificado aún por SUNAT.

DATOS:

Declaración original:

IGV VENTAS90,000
IGV COMPRAS50,000
IGV A PAGAR40,000

Como debió ser declarado:

IGV VENTAS90,000
IGV COMPRAS30,000
IGV A PAGAR60,000

TRIBUTO OMITIDO : 20,000 SOLES

BASE LEGAL:

Artículo 178º  N°1.-  Infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones tributarias, especificamente en la omisión o datos falsos en la declaración.

No incluir en las declaraciones, los ingresos, rentas, patrimonio, actos gravados o tributos retenidos o percibidos, declarar cifras o datos falsos, u omitir circunstancias que influyan en la determinación de la obligación tributaria.

En cuanto a la sanción, la norma dice que el 50% del tributo omitido no debe ser menor del 5% de la UIT.

Tributo omitido: S/                 20,000
50% del tributo omitido: S/                 10,000
UIT 2022: S/                4,600
5% S/                   230

Observamos que, el 50% de tributo omitido es mayor al 5% de la UIT (10,000 > 230 ), por lo tanto, si está cumpliendo con lo que dice la norma.

Además, se sabe que existen 4 gradualidades:

1era gradualidad95% subsanación y pago voluntario
2da gradualidad70% una vez notificada la resolucion de multa y antes del vencimiento del plazo establecido
3ra gradualidad60% Vencido el plazo de la resolucion de multa y surta efecto el valor
4ta gradualidad40% si se reclamo el valor y antes de culminado el plazo para apelar

1

Voluntaria con pago

Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000

Gradualidad (95% * 10,000 ) = S/. 9,500

Multa a pagar ( 10,000 – 9,500 ) = S/. 500

2

Notificada la multa

Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000

Gradualidad (70% * 10,000 ) = S/. 7,000

Multa a pagar ( 10,000 – 7,000 ) = S/. 3,000

3

Notificada la orden de pago

Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000

Gradualidad (60% * 10,000 ) = S/. 6,000

Multa a pagar ( 10,000 – 6,000 ) = S/. 4,000

4

Reclamado

Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000

Gradualidad (40% * 10,000 ) = S/. 4,000

Multa a pagar ( 10,000 – 4,000 ) = S/. 6,000

Solución del caso:

EL especialista le comenta al gerente que existen 4 gradualidades en las que la multa varían, y que al empresario le correspondería pagar solamente 500 soles, debido a que aún no lo ha notificado SUNAT y sería un pago voluntario (1era Gradualidad).

Comentarios

PROGRAMA DE ESPECIALIZACION ASISTENTE CONTABLE

Inicia: Sabado 27 de Abril

Horario: 8:30 p.m. - 10:30 p.m.

Frecuencia: Cada Sábado

Modalidad: Presencial y en Vivo