El subsidio por maternidad es el monto de dinero al que tienen derecho las gestantes aseguradas (planilla) para compensar el tiempo que no trabajarán por su licencia de maternidad, antes y después del parto. En este blog te contamos acerca del registro en el PDT Plame.

Consideraciones previas al registro
1. El subsidio por maternidad es el monto en dinero al que tienen derecho las aseguradas titulares, a fin de resarcir el lucro cesante por consecuencia del parto.
2. El certificado de incapacidad temporal para el trabajo (CITT) es el documento oficial de Essalud que se emite a favor del asegurado regular titular activo, a fin de hacer constar cuál es el tipo de contingencia; en el caso presente estaríamos hablando de subsidio por maternidad y asimismo indicar el periodo de la incapacidad. Requisito importante para realizar el llenado en el PDT Plame.
3. Inicio de la contingencia vendría a ser el mes en que ocurre la contingencia que genera el otorgamiento de la prestación económica.
4. En cuanto al tema de aporte, el trabajador debe contar con tres meses de aportes consecutivos o cuatro meses de aporte no consecutivos, además de contar con vínculo laboral al mes de concepción.
Paso 1
Teniendo ya el CITT, podremos iniciar el llenado en el Plame, por consiguiente tendrá que habilitar el concepto subsidio por maternidad código 0915, si no se encontrase habilitado puede dirigirse a mantenimiento de conceptos.

Paso 2
Luego debemos ingresar la cantidad de días del periodo a subsidiar a la trabajadora, por eso es importante el CITT.
Tener en cuenta que no realizamos un registro de manera separada como en el caso de subsidio por enfermedad (registro a partir del día veintiuno), sino que aquí se toma en cuenta el subsidio a partir del día que indica el certificado, puede ser total que son los 98 días, o parcial en el caso que sea 49 prenatal y 49 postnatal (tal como indique en el CITT). Se Recuerda que el subsidio es de manera calendaría.

Paso 3
Colocar el cálculo del monto del subsidio diario, multiplicado por los días afectados en el mes en la casilla 0915.

Paso 4
En el registro del subsidio por maternidad debemos tener en cuenta que no se realiza aporte a Essalud, porque de existir algún aporte Essalud observará el expediente. Ahora, con el tema de pensiones es diferente; en caso de que la trabajadora esté afiliada a AFP, deberá realizar los descuentos respectivos ya que se encuentra afecto a subsidio por maternidad. En caso que se encuentre en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), no corresponderá realizar el descuento por encontrarse inafecto.
Recomendación
- – Los empleadores muchas veces realizan diferentes errores por el cual ocasiona rechazo de subsidio por parte de Essalud. Bien puede ser por un mal llenado en la planilla electrónica, el no haberse registrado los días de subsidio en el campo de jornada laboral, poner sueldo como jornal, mal cálculo en el subsidio y además no declaró a la trabajadora en la planilla.
- – Así mismo, tener en cuenta que para solicitar el reembolso a Essalud contamos con 6 meses calendario desde que termina el subsidio y que ahora aplicamos para la solicitud el Formulario N.° 1040, Prestaciones Económicas, que de una otra forma ha simplificado el procedimiento.
- – Adicionalmente, el tramite de solicitud de reembolso puede realizarlo de forma virtual, mediante la plataforma de VivaEssalud.
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