El régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es un régimen laboral aplicado solo en el sector público que tiene como particularidad la temporalidad en la duración de los contratos.
Como comentamos en nuestro artículo lo último del Régimen de Contratación CAS, ello no implica que como trabajador CAS no tengas derechos laborales durante la duración de tu contrato CAS y al término del mismo.
Revisa tus principales derechos en este artículo, así como los principales beneficios y licencias a las que tienes derecho.
Durante la vigencia de la relación laboral el trabajador CAS podrá disfrutar de los siguientes derechos laborales:
1) Vacaciones
El Decreto Legislativo Nº 1405 y su reglamento aprobado el Decreto Supremo Nº 013-2019-PCM, establecen el derecho a gozar del descanso vacacional remunerado de 30 días calendario por cada año completo de servicios a los trabajadores del sector público, independientemente del tipo de contratación laboral que tengan.
2) Fraccionamiento del descanso vacacional
Los trabajadores CAS tienen la posibilidad del fraccionamiento del descanso vacacional en periodos no menores de 7 días calendario. Así también, tienen la posibilidad de tomar hasta 7 días hábiles dentro de los 30 días calendario de su periodo vacacional, para fraccionarlos hasta con mínimos de media jornada ordinaria de servicio.
3) Adelanto de vacaciones
Cuando aún no se haya cumplido el año de servicios, el trabajador CAS podrá pedir un adelanto de vacaciones, siempre que haya generado días de descanso en proporción al número de días que solicita.
Tanto para el fraccionamiento como para el adelanto de vacaciones se deberá contar con la opinión favorable del jefe inmediato, y ser solicitado ante la Oficina de Recursos Humanos de su entidad, hasta el quinto día hábil anterior a la fecha que se solicita sea otorgado.
4) Aguinaldo
El trabajador CAS tiene derecho a recibir un Aguinaldo por Fiestas Patrias y otro por Navidad. Para el presenta año 2019, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, Ley Nº 30879 ha establecido que estos aguinaldos serán por el monto de S/ 300 cada uno.
Los requisitos para percibir los Aguinaldos se establecen cada año mediante decretos supremos. De modo referencial, tenemos que el año 2018 se establecieron estos requisitos:
a) Haber estado laborando al 30 de junio (para el caso del Aguinaldo por Fiestas Patrias) o 30 noviembre (para el caso del Aguinaldo por Navidad) o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones; y
b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de junio o al 30 de noviembre. De no contar con el referido tiempo, se abona en forma proporcional a los meses laborados.
6) Cupón o vale por alimentación
El Decreto Supremo Nº 012-2019-EF regula el otorgamiento del cupón o vale por concepto de alimentación hasta por el monto de S/ 25 por cada día efectivamente laborado a favor de los trabajadores CAS que permanezcan en la entidad y realicen labores efectivas hasta después de las 21 horas. Para dicho efecto, se requiere que el jefe del órgano remita a la Oficina de Recursos Humanos la relación del personal autorizado para el desarrollo de dicho trabajo. El cupón o vale se entrega en forma mensual, en la fecha que determine la Entidad.
Fuente: Tuconsultalaboral.pe
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