Asimismo se amplía el derecho de descanso prenatal y postnatal de la trabajadora gestanteste a 49 días en ambos casos. Tampoco se podrá despedir arbitrariamente a las trabajadoras en período de lactancia.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 30367 que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su período de descanso.
Mediante una publicación en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, en la sección, la norma precisa que es «nulo» el despido que tenga por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si ese despido se produce en cualquier momento del período de gestación, o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.
«Se presume ese caso de despido si el empleador no acredita en esos casos la existencia de causa justa para despedir», señala la presente ley.
Asimismo se amplía en ocho días más el goce del derecho de descanso prenatal y postnatal de la trabajadora gestante. Es decir este derecho pasó a ser de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso post natal.
El goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el postnatal, a decisión de la trabajadora gestante. Tal decisión deberá ser comunicada al empleador con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable de parto.
Fuente: Diario RPP.
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