MEF establece criterios para transferencia de pagos indebidos a la ONP

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció hoy los criterios para la transferencia de los pagos indebidos efectuados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) por los Gobiernos regionales y locales.

Según Decreto Supremo 165-2017-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, los pagos indebidos serán transferidos directamente por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
“Se encuentran comprendidos en el proceso de transferencia las aportaciones previsionales de los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que hubieren sido efectuados al SNP por los gobiernos regionales y locales”, indica la norma.
Señala que serán considerados para la transferencia los montos de las aportaciones pagados indebidamente al SNP considerando el plazo de prescripción del proceso de devolución general sin considerar intereses, moras o multas.
En tanto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) deberá remitir a la ONP en un plazo de 15 días calendario, contados desde hoy, la relación de la totalidad de los montos devueltos o compensados a los gobiernos subnacionales.
Asimismo, la Sunat deberá revisar la relación de gobiernos regionales y locales que mantengan montos pendientes de pago por periodo en el marco de las declaraciones efectuadas al SNP.
La ONP deberá remitir la relación de regiones y municipios que mantengan montos pendientes de pago a la Sunat un plazo de cinco días calendario, contados desde hoy.
La Sunat deberá remitir a la ONP la relación revisada de los gobiernos subnacionales que mantengan montos pendientes de pago en un plazo de diez días calendario contados a partir de la recepción de la relación mencionada.
 
Información a la SBS
De igual modo la ONP remitirá a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) el detalle de las aportaciones del SPP indebidamente pagadas al SNP a transferir, información que será cotejada respecto de los aportes previsionales que se hubieran efectivamente pagado a las AFP, y cuyo resultado será enviado a la ONP en un plazo de 15 días desde hoy.
Cronograma
La ONP establecerá un cronograma para hacer efectiva la transferencia directa a las AFP de los montos correspondientes a las aportaciones indebidamente pagadas al SNP. Dicho cronograma será publicado en el portal web de la ONP (www.onp.gob.pe).
Una vez recibidos los montos transferidos las AFP acreditarán el aporte obligatorio definido en el siguiente orden: aporte, prima y comisión. Luego de ello, en caso ocurra, el diferencial será acreditado como aporte voluntario sin fin previsional del afiliado.
 
Financiamiento
La aplicación de lo dispuesto se financia con cargo al presupuesto institucional de la ONP a partir del 2018 sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Fuente: andina.com.pe

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