Financieras y cajas ofrecen hasta 7,5% al año por depósito de CTS

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Al elegir una entidad dónde depositar su CTS, además de la tasa evalúe la facilidad para acceder a sus agencias. El trabajador puede cambiar su CTS en cualquier momento, de acuerdo a ley.

El 15 de mayo vence el plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a la entidad (bancos,cajas municipales, cajas rurales o financieras) que el trabajador haya

Por ello, si está en búsqueda de qué entidad le ofrece una mejor rentabilidad por dicho beneficio, le mostramos  varias opciones. Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ​la Financiera TFC es quien ofrece una tasa que va desde 7,5 %, la CMAC Piura un 7 %, Financiera Qapaq 7 %, Financiera Confianza un 7 %, Financiera Proempresa un 7 %, CMAC Cusco un 7%, CMCP Lima 6,75 %, Financiera Credinka 6,5 %, Banco Ripley 6,5 %, Banco Cencosud 6,5 %, CMAC Sullana 6,1 %,Crediscotia 6 %, entre otras.
Mientras que las entidades que figuran con menores tasas son el Banco Continental con 1,5%, Interbank 1 %, Citibank del Perú 1 % y Banco de Crédito 1 %, entre otras. (Ver gráfico).
Tenga en cuenta que algunas entidades financieras o bancos ofrecen mayores rentabilidades al promedio si es que además de su CTS tiene su cuenta sueldo en la misma entidad, así lo explicó  Alfredo Ramírez, director ejecutivo de Comparabien.com.
«La opción de tener su CTS con su Cuenta Sueldo es que  hace más fácil que el banco le ofrezca al trabajador otros productos de la entidad por ello se le ofrece una mayor tasa», mencionó.
Ramírez recomendó que  si evalúa trasladarse a otra entidad, además de la tasa, que es una puesta a largo plazo, también tenga en cuenta la facilidad del acceso como el número de las agencias y si están consolidadas.

¿cambiar de entidad?

Si decidió cambiarse de entidad, debe redactar una carta en la que le solicite a su empleador el traspaso de su CTS a la entidad que desea.
A esa solicitud debe adjuntar la copia de su DNI para que su empleador la remita al banco, que deberá hacer el traslado a la nueva entidad elegida y dentro de los 15 días hábiles deberá ser notificado.
Ni bien la nueva entidad que eligió le entregue el número de cuenta de su CTS, debe informárselo a su empleador para que empiece a realizar los depósitos.
Hay que recalcar que el trabajador puede realizar el cambio de su CTS de una entidad a otra en cualquier momento de acuerdo a ley, según señaló el laboralista Germán Lora.

Respaldo del Fondo de Seguro de Depósitos

Recuerde que existe el Fondo de Seguro de Depósito (FSD) que respalda los depósitos, bajo cualquier modalidad, de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas.
Es así que está protegido por un monto máximo de cobertura para el periodo marzo – mayo de este año de S/ 96.571.
Esto incluye todos los depósitos asegurados que un depositante tiene en una misma entidad financiera.
Al depositante no le cuesta nada, ya que las entidades financieras autorizadas por la SBS a captar depósitos del público, como los bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito, deben de manera obligatoria pagar primas trimestrales al Fondo de Seguro de Depósitos para que sus depositantes se encuentren asegurados.

Clave

En caso que la entidad donde esté su dinero quiebre, una vez declarada la disolución, la SBS cuidará que en no más de 60 días los liquidadores remitan al FSD la relación de los asegurados cubiertos, indicando el monto y devolverles su dinero.
Fuente: Diario República.
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