Amplían el plazo de adecuación al uso de facturas electrónicas

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Fijan tres casos de excepción para emitir facturas físicas. La actualización de datos del RUC incluirá la actividad económica de la empresa.

Las empresas designadas como emisores electrónicos por la Sunat -por lo que están obligadas a emitir solo facturas electrónicas- podrán continuar emitiendo facturas físicas hasta por seis meses adicionales a la fecha de su designación.

Una de las posibilidades para que el contribuyente sea designado como emisor electrónico es por determinación de la Sunat a través de una resolución que establece la fecha de inicio; y respecto de todas o parte de sus operaciones.

Otro grupo son aquellos emisores electrónicos, designados también por la Sunat, de manera general, a partir de octubre del 2014 o julio del presente año.

Sin embargo, dado que el uso del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) por parte de los contribuyentes puede conllevar la modificación de aspectos de gestión comercial o de obligaciones legales vigentes al cumplir con determinados procedimientos, entre otros, la Sunat dispuso un periodo durante el cual podrá emitir comprobantes de manera electrónica y física, paralelamente, en tanto incurran en alguno de los tres casos de excepción.

Excepciones

Los casos de excepción son, primero, cuando el sistema virtual del emisor electrónico dependa de la adecuación de su sistema de gestión comercial, lo cual debe ser acreditado a través de una declaración jurada ante la Sunat. Segundo, cuando las entidades públicas hayan contratado servicios de terceros para la implementación de la emisión electrónica, pero que por la aplicación de las normas de contrataciones del Estado observen que no se podrá cumplir con los plazos durante el proceso de licitación o firma de la buena pro del proceso.

Por último, cuando con anterioridad a la fecha de asignación de la calidad de emisor electrónico por la Sunat, se hubiera iniciado un proceso de reorganización de sociedades, esta situación debe acreditarse con una copia del acta del acuerdo de reorganización o copia de la escritura pública correspondiente.

El plazo adicional para la adecuación al uso obligatorio de facturas electrónicas es de seis meses, desde el 1 de agosto del 2015 o desde el 1 de enero del 2016, según corresponda.

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Nueva actualización de datos de Sunat
Objetivo. El fisco inició una nueva campaña de actualización de datos del RUC, que comprende la actividad económica del contribuyente y domicilio fiscal , cuya primera etapa culminará en diciembre y se dirige a contribuyentes del Régimen General o Especial del Impuesto a la Renta, Régimen Agrario, de Amazonía o de Zona de Frontera.

Fuente: Diario Gestion.

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