Trabajadores deberán probar horas extra si reclaman pago luego de 5 años

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La casación ha establecido límites claros sobre la conservación de registros de asistencia y la carga de la prueba en casos de horas extras para las empresas y trabajadores.

La Corte Suprema resolvió una casación laboral en el que se determinó que los trabajadores podrán cobrar sus horas extra más allá de los cincos años si logran demostrarlo ante el órgano judicial. Actualmente la norma establece que la empresa no estaba obligada a conservar información de asistencia de un trabajador para calcular el pago de horas extras, trabajo en domingos y feriados luego de los cinco años

Casación laboral 3081-2022:

Esta casación estableció que aunque el empleador tiene de por si la obligación de registrar el exceso de tiempo en el trabajo (sobretiempo), el hecho de no conservar los registros correspondientes después de 5 años, ya no puede ser usada en contra del empleador.

Esto debido a que la norma no exige que se mantengan los registros después de ese tiempo.

¿Qué mas se puede decir sobre las horas extra?

Los trabajadores a veces aprovechan el tiempo y prolongarse mas de su horario laboral, para poder revisar o avanzar con sus tareas que se han acumulado, o incluso avanzar para que las actividades del día siguiente no sean pesadas. En ese entonces, es en el que el trabajador debe estar guardando las pruebas correspondientes durante 5 años, pero no mas de ese lapso de tiempo.

Ya que después de ello, si desea realizar algún reclamo no tendría sustento alguno y por ende, no seria válido.


¿Qué sucede con el registro de asistencia después de 5 años?

Como la norma lo indica, debe permanecer durante 5 años la información sobre horas extras y documentos laborales desde la fecha en la que se ha realizado el pago.

La presunción no exime al trabajador de la carga de la prueba.

Recordemos que el trabajador debe utilizar otros medios para poder sustentar que ha realizado horas extras. Si ya ha pasado mucho tiempo, claramente ya se vería imposible sustentar el hecho.

En dicha casación laboral, la corte falló a favor de la empresa, determinando que ésta no se encuentra en la obligación de pagar las horas extras, ya que pasaron mas de 5 años.

Ejemplo:

Mauricio Pascal trabaja en la empresa «Rancheros SAC», en el que desempeña un cargo administrativo. El ingresó al laborar el 10 de Junio del 2010; por lo que desde esa fecha ha ido realizando sus actividades normalmente. A partir del 2019, él ha estado laborando horas extras debido a la gran carga laboral que presenta, entre ellos:

  • Ordenar documentación
  • Preparar informes finales del día
  • Organizando las estadísticas del día y del mes

Desde el 2016, el empleador ya no estará obligado a conservar los registros correspondientes porque ya habría pasado de 5 años.


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