La medida destinada a quienes ganen hasta S/.2,953 al mes podrá solicitarse por Internet.
Según la resolución de la Sunat recientemente publicada en El Peruano, los trabajadores independientes (de cuarta categoría) que ganen no más de S/.2,953 podrán exonerarse del pago del impuesto a la renta (IR). De esta manera, los trabajadores que emiten recibos por honorarios, cuyos ingresos no superen los S/.35,438 durante el 2017, podrán solicitar la suspensión de pagos a cuenta del IR. De superar el monto indicado, el independiente deberá declarar y realizar el pago a cuenta del impuesto a la renta correspondiente. Asimismo deberá consignar en sus recibos por honorarios el importe de la retención (que asciende a 8%).
El trámite de suspensión del pago de IR podrá realizarse por el portal de la Sunat, según consigna El Comercio. Desde ahí se podrá acceder con la ‘Clave Sol’ a ‘Sunat Operaciones en línea’, donde está el formulario virtual N° 1609.
Luego del llenado de la información solicitada en el formulario y su validación, se podrá imprimir la ‘Constancia de autorización’ de suspensión, la cual tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2017.
FUENTE: semanaeconomica/09-01-2017
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