¿Son el mismo procedimiento renunciar y ser despedido?

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Procedimiento de renuncia

Juan es colaborador de una empresa, recibe una propuesta de la empresa Todo a un Solo Precio SAC para trabajar como contador general. El nuevo empleador le menciona que le otorga una semana para poder incorporarse.

Solución

Si revisamos el artículo 18 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR, menciona lo siguiente:

En caso de renuncia o retiro voluntario, el trabajador debe dar aviso escrito con 30 días de anticipación. El empleador puede exonerar este plazo por propia iniciativa o a pedido del trabajador; en este último caso, la solicitud se entenderá aceptada si no es rechazada por escrito dentro del tercer día.

La norma citada nos indica que la renuncia debe realizarse previo aviso y por escrito, con una anticipación de 30 días, a la vez nos brinda la facultad de solicitar la respectiva exoneración de este periodo, brindándole, a su vez, al empleador la facultad de aceptar tal solicitud o negarse.

Respecto a este último punto, debemos considerar lo estipulado en el art. 27 del Decreto Supremo N.° 002-96-TR: La negativa del empleador a exonerar del plazo de preaviso de renuncia, obliga al trabajador a laborar hasta el cumplimiento del plazo.

Procedimiento de despido

Federico, gerente general de una empresa, ha tomado la decisión de despedir a su trabajador Juan nos pregunta respecto al procedimiento correcto para tal fin.

Solución

Partiendo de la normativa aplicable a este caso en concreto, el procedimiento de despido se encuentra regulado en los arts. 31 y 32 del D. S. N.° 003-97-TR y los arts. 42, 43 y 44 del D. S. N.°001-96-TR. El procedimiento es muy simple, pero debe ser cumplido a cabalidad para evitar la posibilidad de cualquier reclamo a posteriori.

Paso 1: sobre la fiscalización de parte del empleador

Está dentro de su facultad directriz del empleador la capacidad de tomar manifestaciones de los trabajadores involucrados y posibles testigos, así como informes de los superiores inmediatos del trabajador que se pretende despedir. Por otro lado, es recomendable realizar evaluaciones constantes para medir las capacidades de sus colaboradores. Otra forma de obtener pruebas que sustenten el procedimiento de despido puede ser a través de una auditoria externa o la interposición de denuncia policial, en caso de delitos o faltas.

Paso 2: sobre la carta de preaviso de despido

Se deben precisar las faltas graves cometidas por el trabajador, y su tipificación legal para demostrar que son causas justas de despido. Se debe otorgar un plazo mínimo de 6 días naturales con la finalidad de que el trabajador pueda efectuar y presentar su descargo por escrito. Se puede exonerar al trabajador de la obligación de asistir a sus labores, mientras dure el procedimiento previo al despido, siempre que ello no perjudique su derecho de defensa y se le abone la remuneración correspondiente. La carta de imputación de faltas graves puede ser entregada al trabajador, bajo cargo, en el centro de trabajo, o puede ser remitida a través de una carta notarial al último domicilio que haya registrado en la empresa.

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