La responsabilidad del empleador frente a los efectos del cambio climático

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En el marco del Día de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que se celebra el 28 de abril, la Organización Internacional del Trabajo ha enfocado sus esfuerzos en resaltar las implicaciones del cambio climático en la seguridad y salud laboral. Conoce mas detalles aqui:

El cambio climatico incluye riesgos como el estrés térmico, la exposición a la radiación ultravioleta, la contaminación del aire, los accidentes industriales graves, los fenómenos meteorológicos extremos, el aumento de enfermedades transmitidas por vectores y una mayor exposición a productos agroquímicos.

Según Fernando Rodríguez García, abogado y consejero del Área Laboral de Miranda & Amado, los impactos del Fenómeno de El Niño continúan siendo perceptibles en varias partes de nuestro país.

Estos efectos incluyen un alto nivel de radiación, lluvias intensas en áreas específicas, inundaciones, desbordamientos de ríos, daños significativos en infraestructuras como carreteras, puentes y sistemas de transporte, así como un aumento en los casos de enfermedades como el dengue y la fiebre chikungunya.

Además, se han registrado la aparición de plagas y enfermedades en diversos cultivos, así como brotes de enfermedades respiratorias y gastrointestinales, entre otras. Estos problemas persisten en diferentes magnitudes en diversas regiones del país.

Se han implementado diversas medidas para hacer frente a los efectos del Fenómeno de El Niño. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo lanzó programas como «Llamkasun Perú», destinados a generar empleo y financiar proyectos de infraestructura comunitaria. Además, se coordinó con el Ministerio de Salud para difundir información sobre la transmisión, prevención y control del dengue, así como para llevar a cabo campañas de salud. El Gobierno Central emitió recomendaciones periódicas para enfrentar inundaciones y emergencias. A nivel regional y local, se ha invertido en infraestructura y campañas de salud. Sin embargo, estas acciones siguen siendo reactivas y no abordan de manera preventiva el problema de fondo: los efectos del cambio climático en la seguridad y salud de los trabajadores.

A pesar…

De que los impactos del cambio climático son perceptibles en nuestra vida cotidiana, los empleadores no están exentos de la responsabilidad de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo. Esto implica identificar, evaluar y controlar los riesgos laborales, especialmente para grupos vulnerables expuestos a condiciones climáticas extremas.

La pandemia de COVID-19 ha resaltado la importancia de estas medidas preventivas, con disposiciones obligatorias para los empleadores. Sin embargo, la legislación en el Perú sigue siendo incipiente en estas áreas.

La Organización Internacional del Trabajo ha emitido diversas normas y recomendaciones sobre cambio climático y seguridad laboral, aunque en el Perú aún hay mucho por hacer. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ha comenzado a inspeccionar la implementación de medidas preventivas, pero aún falta una mayor divulgación y capacitación.

Otros países ya han legislado sobre estos temas, incluyendo la regulación de actividades laborales en condiciones climáticas extremas y la protección de los trabajadores vulnerables. La inclusión de medidas de seguridad y salud en convenios colectivos también se está volviendo más común en el Perú y otros países, con prácticas como la provisión de equipos de protección y la mejora de las condiciones laborales.

Base legal:

Lo que corresponde es proteger a los trabajadores de dichos efectos nocivos provenientes del cambio climático y generar medidas desde el Estado para hacerlo. En esa línea, el artículo 4 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (LSST), establece que el Estado tiene la obligación de formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Obligaciones

Claramente, aún queda mucho por avanzar en este ámbito. No obstante, las disposiciones para evaluar riesgos, incluso los climáticos, en los lugares de trabajo ya están establecidas en la legislación de Seguridad y Salud Laboral y sus complementarias. Por lo tanto, si se identifican riesgos relacionados con el cambio climático durante el trabajo, el empleador está obligado a evaluarlos y aplicar medidas de control, involucrando a los trabajadores, al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, brindando capacitación e información, y monitoreando periódicamente los riesgos para asegurar su eficacia.

Estas responsabilidades también aplican al teletrabajo, donde los trabajadores deben ser conscientes y poder controlar los riesgos climáticos que puedan afectar su seguridad y salud, como altas temperaturas o riesgos de inundaciones.

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