El acceso al lugar de teletrabajo se permite solo con el consentimiento del teletrabajador o si este facilita el acceso para identificar peligros, evaluar riesgos e implementar medidas de seguridad y salud en el trabajo. Conoce mas en este blog.

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Bases legales:
- Numeral 7 del artículo 2° de la Constitución: Toda persona tiene derecho a la intimidad personal y familiar.
- Artículo 5° de la Ley del Teletrabajo: El empleador debe respetar la privacidad del teletrabajador.
- Artículo 11° de la Ley del Teletrabajo: El teletrabajador elige libremente el lugar para trabajar a distancia.
- Numeral 23.3 del artículo 23° de la Ley del Teletrabajo: El teletrabajador facilita al empleador el acceso a su lugar de trabajo habitual, permitiendo identificar peligros, evaluar riesgos e implementar medidas correctivas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Artículo 5° y el numeral 6.4 del artículo 6° de la Ley del Teletrabajo: Los medios que los empleadores del sector público o privado utilizan para gestionar el teletrabajo deben respetar la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos personales del teletrabajador.
- Numeral 9.2 del artículo 9°: El empleador no puede acceder al espacio de teletrabajo sin la autorización del teletrabajador.
¿Qué es el teletrabajo?
El teletrabajo permite a los empleados trabajar desde fuera de la oficina, generalmente desde casa, gracias a avances tecnológicos que facilitan la comunicación. Ofrece flexibilidad, ahorro en desplazamientos y puede aumentar la productividad y mejorar el equilibrio entre vida personal y profesional. Sin embargo, también presenta desafíos como la gestión del tiempo y la creación de un adecuado ambiente laboral en casa.
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