En esta sección, exploraremos los conceptos clave para determinar si ya se ha recibido el pago de la gratificación.
La gratificación es un beneficio aparte del sueldo que uno percibe como trabajador y que es remunerado 2 veces al año.

El pago de las gratificaciones es otra fecha bastante esperada por el trabajador porque tiene mucha relevancia para su economía. Esta bonificación se entrega como máximo hasta los días 15 de julio y 15 de diciembre, para ser específicos, por las celebraciones de Fiestas Patrias y de Navidad. Los empleados que tienen derecho a ello son los que están sujetos a régimen privado, el agrario, los de micro y pequeñas empresas y los de entidades públicas bajo el régimen laboral de la actividad privada.
¿Qué pasa si la empresa no deposita la gratificación?
Si consideras que tienes derecho a este pago y tu empresa no lo realiza a tiempo, ellos serán multados.
Esta multa va desde S/7.222 hasta S/120.152 soles, de acuerdo con la cantidad de empleados que no percibieron este dinero y del monto de la UIT en vigencia. A su vez, se aplicarán los intereses legales respectivos que se vayan generando hasta la fecha efectiva de pago.
¿Cómo sacar la cuenta de gratificación?
Para calcular la gratificación hay que tener en cuenta lo que un trabajador gana al mes y el tiempo que está en servicio. Dividimos todo lo ganado entre seis para obtener así un sueldo bruto mensual y a este resultado le agregamos el 9% de ello de acuerdo por concepto de EsSalud o de solo 6,75% si es EPS.
Se considera mes completo si la persona trabajó al menos 15 días hábiles al mes. Por ejemplo, si una persona gana S/2.000, le corresponderá como gratificación recibir el mismo monto más el 9% de S/ 2.000; es decir, S/ 180. El resultado entonces, sería S/ 2.180. Más detalles en el siguiente ENLACE.
¿Cuándo se deposita la gratificación?
De acuerdo al artículo 5 de la Ley 27735, la primera gratificación deberá ser remunerada como máximo antes del 15 de julio, antes de Fiestas Patrias. Y la segunda, como máximo, el día 15 de diciembre, previo a la Navidad.
En caso de que la quincena no caiga en un día hábil, el pago debe realizarse el día anterior a la fecha.
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