Recordemos que el 15 de Diciembre es el plazo máximo para que los empleadores realicen el pago de la gratificación por fiestas navideñas. Por ello suelen haber ciertas situaciones, las cuales los veremos a continuación.

Base legal:
El artículo 3 de la Ley N° 25920, menciona lo siguiente:
El interés laboral se devenga sobre el montón adeudado a partir del día siguiente de vencida la obligación hasta el día del pago, sin que sea necesario que el trabajador afectado exija, judicial o extrajudicialmente.
Contingencias por no cumplir con el pago de gratificaciones:
- Pago de intereses
- Posible multa laboral
Pago extemporáneo de este beneficio laboral:
Si en caso de que la gratificación se pagara fuera de plazo, se le deberá pagar al trabajador intereses, en el que se deberá tomar en cuenta la tasa, el tiempo y la obligación de pago.
Posible multa laboral
El hecho de no cumplir con el pago de la «grati», puede traer multa si es que la SUNAFIL inspeciiona y detecta, que efectivamente hubo una infracción.
Conoce mas sobre las gratificaciones:
Dato:
Es importante que el trabajador haya laborado durante un semestre completo para que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. En caso no sea así, solo podrá acceder a una parte del monto total.
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