Beneficiarios a la CTS según sector y plazos máximos de depósito

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El plazo límite para que las empresas del sector privado depositen el dinero de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores vence el próximo miércoles 15 de mayo. Dicho beneficio económico destinado a los empleados en planilla con al menos un mes completo de servicios, está amparado por ley y sirve como un seguro de protección ante el despido, por lo que, solo se activa en su totalidad cuando uno deja de laborar.

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En este blog te contamos los detalles del calculo del beneficio de la CTS y los derechos según sector, así como los plazos en consideración según las novedades

¿Quiénes pueden pagar CTS y cómo se calcula?

En la pequeña empresa, los trabajadores antiguos o nuevos tendrán derecho a la CTS, si no está inscrita en el Remype.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó que para la mediana y gran empresa, los empleadores deben tomar en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador.

Derecho a CTS según regimen, sector o situación:

PEQUEÑA EMPRESA

Con ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT, es decir, S/.6′ 545.000, pueden presentarse tres situaciones: si la pequeña empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores antiguos o nuevos, tendrán derecho al beneficio de CTS conforme a las reglas generales.

Pero en caso la empresa esté inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes del registro tendrán derecho a CTS según las normas del régimen general. Mientras que para el caso de los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa en el Remype, tendrán derecho al 50% de CTS, que debe ser calculada conforme al régimen general.

MICROEMPRESA

Con ingresos anuales no superiores a 150 UIT, es decir, S/.577,500, si la empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a CTS bajo el régimen general.

Pero si se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a CTS bajo el régimen general. Y, en el caso de sus nuevos trabajadores contratados con posterioridad a su inscripción en el Remype, éstos no tienen derecho a CTS.

TRABAJADORES CON MENOS DE UN MES

Los trabajadores que al 30 de abril del año tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al depósito de la CTS que vence el 15 de mayo, pero los días laborados se sumarán al semestre mayo – octubre  y la CTS acumulada se depositará hasta el 16 de noviembre del año.

Libre disponibilidad por parte del Congreso

El Pleno del Congreso recientemente aprobó el dictamen que autoriza la libre disponibilidad del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024, con el objetivo de que los peruanos puedan cubrir sus necesidades a causa de la actual crisis económica. Frente a ese escenario, surge la pregunta si los trabajadores pueden, desde este mes, disponer de su fondo.


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