Atención empleadores: Las obligaciones laborales que deben observar este año

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En este artículo conoce todos los detalles sobre las obligaciones que se deben efectuar ante las inspecciones que realiza Sunafil.

El pago de los cuatro nuevos feriados que regirán a partir del año actual y que los teletrabajadores cuenten con sus convenios vigentes serán dos de las diversas obligaciones que deberán observar los empleadores en el 2024, las cuales serán objeto de inspecciones por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

De este modo, el trabajador que labore en día feriado tendrá que recibir un día de descanso sustitutorio o a recibir la retribución correspondiente por la labor efectuada con una sobretasa del 100%, según Osterling Abogados.

Estos días festivos son:

  • La Batalla de Arica y el Día de la Bandera el 7 de junio

El Día de la Fuerza Aérea del Perú el 23 de julio,

La Batalla de Junín el 6 de agosto

  • La Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)

La firma legal indica que los empleadores deberán verificar que todos los teletrabajadores tengan un convenio de teletrabajo vigente, el cual prevea el contenido mínimo requerido por la legislación de la materia.

A su vez, menciona que, tendrán la obligación de brindar las capacitaciones a los teletrabajadores en seguridad y salud en el trabajo (SST), protección de los datos y confianza digital, hostigamiento sexual laboral y uso de informática.

Osterling Abogados hace mención que la legislación vigente habilita el envío de documentación laboral a los trabajadores mediante plataformas digitales y está permitida la sustitución de firmas ológrafas por electrónicas.

En el caso de envío de boletas de pago por medios digitales, no será necesaria la firma de recepción del trabajador, siempre que el medio utilizado garantice la constancia de su emisión por el empleador y un pertinente y razonable acceso del trabajador, subraya.

Además, advierte que, es importante que los empleadores verifiquen que el personal extranjero posea calidad migratoria habilitante para laborar en territorio peruano.

Vigencia de mandato

El bufete manifiesta la importancia de que los empleadores verifiquen la vigencia del mandato del comité de SST (plazo de 2 años); dicten 4 capacitaciones obligatorias durante el año; pongan en marcha el programa anual de SST y el plan anual de capacitaciones, así como corroboren y actualicen la documentación del sistema de gestión de SST.

Otra obligación es la impartición de las capacitaciones obligatorias al comité de intervención frente al hostigamiento sexual laboral y al área de recursos humanos, así como la capacitación cuando inicia la relación laboral.

Igualmente, se debe revisar la vigencia del mandato del comité (plazo 2 años) y el contenido de la política para evitar y efectuar la sanción respectiva por el hostigamiento sexual laboral.

El estudio de abogados advierte que las ofertas de empleo no deben contener requisitos que constituyan discriminación y se debe verificar que se cumpla la cuota de discapacidad.

Todos los días a las 8pm se está realizando un webinar gratuito a través de zoom, si desean ser parte pueden unirse al grupo o dejarnos sus comentarios.

Además habrán regalos, sorteos, premios de libros digitales, manuales, guías, base legal, ejercicio y balotarios.🎁

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