
En una respuesta directa a la actual fase endémica del COVID-19, el Ministerio de Salud ha emitido nuevas disposiciones. Revocando la directiva anterior (339-MINSA-DGIESP-2023) y presentando pautas actualizadas para la prevención, vigilancia y control del virus en los lugares de trabajo.
Según el informe legal del Estudio Echecopar, la Directiva Administrativa busca abordar el aumento de casos relacionados con nuevas variantes del virus en el país.
Medidas clave establecidas:

- Aislamiento Dinámico: Para casos confirmados, sospechosos o probables, se instaura el aislamiento domiciliario basado en la evaluación médica, sin establecer un período mínimo predefinido.
- Descanso Médico Flexible: Los médicos tratantes pueden otorgar descanso médico sin exigir una prueba de laboratorio confirmatoria. Este descanso y el seguimiento de la salud deben registrarse en el Siscovid.
- Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: Empresas sin este servicio deben cumplir con el Anexo 1, que detalla requisitos según el tamaño del centro de trabajo.
- Vacunación Incentivada: Aunque no es obligatoria, se enfatiza la responsabilidad de los empleadores en promover y facilitar la vacunación entre los trabajadores.
- Ventilación Controlada: Las empresas deben asegurar ambientes adecuadamente ventilados, ya sea de forma natural o mecánica, sin imponer la obligatoriedad de medir el CO2, pero recomendándolo.
- Reincorporación Monitoreada: Los trabajadores dados de alta médica deben completar la Ficha de Sintomatología al reincorporarse, asegurando un retorno seguro al entorno laboral.
- Capacitación y Suministros de Prevención: Los empleadores deben capacitar a los trabajadores sobre medidas preventivas del COVID-19 y proporcionar insumos suficientes para el lavado de manos.
- Equipo de Protección Personal Personalizado: El uso de mascarillas se adapta según las indicaciones del médico ocupacional, especialmente recomendado para trabajadores con factores de riesgo.
- Plan Integral para la Vigilancia del COVID-19: Se subraya la implementación y plena vigencia del plan, que debe ser aprobado por el comité o supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Consideración Específica para Trabajadores de Riesgo: Aparte del uso de mascarillas, no se imponen medidas adicionales para este grupo, promoviendo la adaptabilidad según las circunstancias individuales.
Estas medidas buscan proteger a los trabajadores y fomentar la continuidad de las actividades laborales. De manera segura en el contexto de la actual situación sanitaria. Mantente informado y asegura el bienestar de tu equipo.
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