La exoneración de descuentos a las gratificaciones y el mayor acceso al beneficio de la CTS incrementaría ingresos de trabajadores formales.
En la misma línea de la reducción del Impuesto a la Renta aprobada durante el año pasado, parte del quinto paquete de medidas económicas propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas(MEF) al Congreso de la República busca incrementar el dinero en los bolsillos de los trabajadores formales durante este año a través de las gratificaciones y la Compensación por Tiempo de Servicios(CTS), con el objetivo de dar un impulso al gasto privado.
En este blog te contamos detalles de estas medidas.
Aunque laboralistas como Jorge Villasante, ex ministro de Trabajo del gobierno aprista, cuestionan la efectividad de esta medida para impulsar la economía porque solo una pequeña parte de la fuerza laboral cuenta con estos beneficios, cabe calcular el impacto que tendrían estas propuestas sobre los trabajadores que sí serían beneficiados si el Congreso de la República aprueba el proyecto de Ley 4465/2014 enviado hoy por el MEF.
MAYORES GRATIFICACIONES
En el caso de las gratificaciones, lo primero que hay que decir es que la propuesta del MEF tendría el mismo efecto este año que el proyecto que ya está agendado en el Pleno del Congreso, que busca que la exoneración a los descuentos de las gratificaciones se convierta en una medida permanente.
La diferencia en el efecto entre los dos proyectos se vería en el 2016. De aprobarse el proyecto del MEF, los descuentos regresarían el próximo año. De aprobarse el que evalúa el Congreso, no volverían a aplicarse hasta que se dé una ley que diga lo contrario.
Si cualquiera de esas medidas prosperan y eres un trabajador formal de una empresa privada -excepto las microempresas que no reciben gratificaciones- o una entidad estatal con régimen de la actividad privada, tus gratificaciones de julio y diciembre no sufrirán el descuento del 13% para la ONP o para tu AFP. Asimismo, recibirás un aguinaldo de 9%, correspondiente a lo que tu empleador aportaría a Essalud.
Pero, ¿a cuánto dinero equivale eso?
Como se conoce, la gratificación equivale a la suma de tu sueldo básico y los beneficios de carácter remunerativo (como asignación familiar) que percibes regularmente durante un mes en el último semestre -excepto en el caso de las pequeñas empresas, cuyos trabajadores solo perciben 50%-.
Asimismo, hay que anotar que la gratificación sí está afecta a los descuentos del Impuesto a la Renta para los trabajadores que perciben más de S/.26.950 al año (7 UIT), es decir, más de S/.1.950 al mes, considerando 12 sueldos y dos gratificaciones.
Veámoslo con un ejemplo

En este ejemplo, considerando las dos gratificaciones al año, en el 2024 percibiría S/.660 más que lo que ganaría si el Congreso no le da luz verde a ninguna de estas iniciativas.
ACCESO A LA CTS
En el caso de la CTS, el proyecto del MEF plantea que se mantengan las condiciones extraordinarias impuestas el año pasado para flexibilizar el acceso de los trabajadores formales a su cuenta de CTS.
La legislación actual dicta que un trabajador solo pueda acceder al 70% del excedente de la suma de seis sueldos, pero la iniciativa del Ejecutivo busca que este año los trabajadores puedan acceder al 100% del excedente de cuatro sueldos, al igual de lo que sucedió el año pasado.
Así, si una persona gana S/.1.500 y tiene depositados en su cuenta S/.8.000, podrá retirar el excedente de cuatro remuneraciones (S/.6.000), es decir S/.2.000 (S/.8.000 – S/.6.000).
Como regla general, todos aquellos que el año pasado pudieron disponer de una parte de su CTS (es decir, que ya tienen cuatro sueldos depositados en su cuenta) podrán retirar hasta el 31 de diciembre del año en curso; el 100% de lo que se les deposite este año en la primera quincena de mayo y el 100% de lo que se les deposite la primera quincena de noviembre, siempre que se apruebe la propuesta del MEF u otra equivalente.

Calcular CTS
Si quieres calcular a cuánto te depositarán, te recordamos que para saber cuánto dinero vas a recibir por cada depósito de CTS por parte de la empresa; tienes que tomar tu sueldo bruto, sumarle un sexto de la última gratificación y dividir ese monto entre dos.
Así, en el mismo caso de nuestro trabajador que tiene un sueldo de S/.1.500, el sexto de su gratificación de diciembre sería S/.250. Se suman ambos importes (S/.1.750) y se divide entre dos, de modo que el importe de CTS que percibirá en mayo será de S/.875. En noviembre, si sus ingresos no varían, recibirá otros S/.875, con lo que en el 2015 tendrá acceso a un total de S/.1.750 adicionales, solo por CTS.
MEDIDAS PARA TODOS
Otra medida con un impacto más general; pues también incidiría en los bolsillos de todos, son la ampliación hasta diciembre de la actualización mensual de la banda de precios de los combustibles, que busca trasladar al consumidor final las rebajas de los precios internacionales del petróleo.
En esa misma línea iría el proyecto que modifica las franjas de precios de los productos agrícolas en empresas; específicamente con el maíz -que incide en el precio del pollo-, los lácteos y el azúcar.
Al fijar un límite de 20% a la tasa arancelaria equivalente para estos productos, el MEF estaría abriendo la puerta para que se trasladen al consumidor final las reducciones que han experimentado en los últimos meses los precios de estos commodities agrícolas.
Igual, en ambos casos, el efecto de las medidas depende de la voluntad de los comercializadores locales para efectivamente bajar sus precios al consumidor en línea con sus menores costos.

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