¿Eres trabajador y tu pareja está gestante? Descubre si puede acceder a ESSALUD

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    Esta consulta es muy recurrente entre los trabajadores, ya que como ellos estan inscritos como tal, pueden acceder al beneficio de atención en ESSALUD, sin embargo, si la pareja esta gestando ¿se podrá atender? ¿Qué se necesita para ello? Conoce mas en este blog.

    Requisito para que pueda atenderse a ESSALUD:

    La pareja del trabajador, si se puede atender en ESSALUD, siempre y cuando este previamente registrada como derechohabiente.


    En caso sea asi, se tiene que realizar el registro de la madre gestante como concubina del titular, para ello, se deben seguir los siguientes pasos:

    • Llenar el formulario 1010 y debe estar firmado por el asegurado titular o concubino.
    • Enviar la copia simple del documento de reconocimiento de la unión de hecho, nos referimos a la resolución judicial y la escritura pública.
    Lee también: Finalizado el vinculo laboral: ¿Cuánto tiempo puedo seguir atendiéndome en EsSalud?

    ¿Para que se usa el Formulario 1010 de Essalud?

    Se utiliza para solicitar la inscripción, baja o modificación de datos de los derecho-habientes o para solicitar algún cambio en ello. A continuación, te compartimos un modelo de formulario.

    Lee también: 4 Pasos para registrar el subsidio por maternidad en el PDT PLAME

    Dato importante:

    • El costo de inscripción de la unión de hecho en la SUNARP = 24.60 soles
    • Plazo de inscripción = 7 dias


    ¿Quienes pueden ser afiliados a este seguro?

    Pueden ser afiliados a este seguro los Pensionistas que reciben pensión de jubilación, de incapacidad o de sobrevivencia.


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