Además del pago de utilidades, los trabajadores del sector privado se preparan para recibir un dinero extra en mayo. Se trata de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) que, en esta oportunidad, corresponde al periodo semestral noviembre 2023-abril 2024.
Dicha compensación económica se otorga dos veces al año, en los meses mayo y noviembre, por parte de la empresa al trabajador con vínculo laboral, con el fin de constituir un fondo para futuras contingencias luego de la culminación de su contrato. Es decir, la naturaleza de este derecho nace para que el desempleado cubra necesidades básicas mientras se reincorpora al mercado laboral.

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio para los trabajadores, consistente en dos depósitos anuales; realizados en mayo y noviembre, que realiza el empleador y que en conjunto suman aproximadamente un sueldo. En este blog te detallamos las especificaciones de la CTS de acuerdo al tipo de empresa en donde estés trabajando.
La Cámara de Comercio de Lima da a conocer el cálculo de la CTS según el tipo de empresa, los trabajadores que pueden acceder a este beneficio y las multas que pueden recibir las empresas por incumplimiento.
CTS: Según el tipo de empresa:

1.- Mediana y grande empresa
El monto de la CTS varía según el tiempo laborado en el semestre. Si el trabajador ha laborado el semestre completo (noviembre 2023-abril 2024), la CTS a depositar será el 50% del sueldo de abril 2024, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023.
Sin embargo, si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes trabajado percibirá un sexto del sueldo más la misma fracción de la gratificación.
2.- Pequeña Empresa
Es aquella cuyos ingresos anuales no fueron superiores a 1.700 UIT (S/8 millones 755.000). En este escenario se pueden presentarse tres casos:
- Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa.
- Cuando la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS, según la regla general.
- Si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50 % de lo que se obtiene en el régimen general.
3.- Micro – Empresa
Se refiere a toda compañía, cuyos ingresos anuales no superen las 150 UIT (S/772.500). Igualmente, se presentan tres casos:
- Si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general.
- Cuando la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS bajo la regla general.
- Si los trabajadores fueron contratados después de que la microempresa se inscribió en el Remype, estos trabajadores no tienen derecho a CTS.

¿Qué pasa si soy un trabajador con un trabajo menor a un mes?
Los trabajadores con menos de un mes de servicio al 30 de abril de 2024 no tienen derecho al depósito de la CTS. Los días laborados se sumarán al semestre mayo-octubre 2024 y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre de este año, explica la CCL.
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