Utilidades: Se postergará el depósito a sus trabajadores

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Las empresas con más de 20 trabajadores y que hayan generado utilidades el 2023 están obligadas a hacer un reparto a sus trabajadores este año. Sin embargo, un grupo de empresas postergará el depósito de utilidades a sus trabajadores por dos meses, tal como se mencionó en una ley 31940. Conoce mas detalles de ello en esta nota.

Las empresas suelen realizar el reparto de utilidades a sus trabajadores entre los meses de marzo y abril de cada año. No obstante, desde este 2024 ocurrirá un caso especial, pues un grupo de empresas postergará el depósito por dos meses.

¿en qué casos?


El reparto de utilidades está ligado a la declaración anual y pago de impuestos de las empresas, lo cual se realiza entre fines de marzo e inicios de abril, según un cronograma de fechas máximas establecido por Sunat.


Días previos a la declaración anual y pago de impuestos, las empresas realizan el depósito de las utilidades, de manera que este monto pueda luego ser descontado como gasto, al momento de realizar el cálculo del pago del Impuesto a la Renta (IR).


Es por este motivo que si bien la normativa laboral indica que se puede realizar el depósito de las utilidades hasta 30 días después de la declaración anual y pago de impuestos, la mayoría de empresas hace el reparto de utilidades en días previos al cumplimiento de la obligación tributaria, indicaron analistas.

Son un porcentaje de la renta neta (ganancias después de descontar inversiones e impuestos) obtenida por las empresas como resultado de su gestión.

Tienen derecho a participar de las utilidades los trabajadores, en planilla, de empresas que generan renta de tercera categoría y tengan más de 20 trabajadores; con excepción de las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles.

No obstante, desde este año la fecha para el reparto de utilidades se postergará por dos meses en un grupo de empresas. Esto pues a fines del año pasado se promulgó la ley No 31940, la cual postergó en dos meses la fecha máxima para la declaración anual y pago de impuestos para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes). En estos casos, el cronograma va desde el 27 de mayo al 11 de junio del 2024.

 "Si el vencimiento de la declaración jurada varía, el plazo para llevar a cabo el abono de las utilidades también variaría en el mismo sentido", subrayó la abogada Fabiola Ruiz, asociada en el área Laboral del estudio Miguel Mur & Abogados.


Cabe recordar que si bien los trabajadores de microempresas no tienen derecho a recibir utilidades, los trabajadores de las pequeñas empresas sí cuentan con este beneficio, siempre que la empresa haya tenido más de 20 trabajadores en el año en que las utilidades se generaron. Asimismo, se consideran pequeñas empresas a las que registren ventas anuales hasta por 1,700 UIT (S/ 8.4 millones, si se toma como referencia la UIT del 2023).

"Las pequeñas empresas sí deben repartir utilidades, siempre que tengan más de 20 trabajadores, generen rentas de tercera categoría y hayan producido utilidades”, remarcó Fabiola Ruiz.

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Observa este video para conocer mas de las utilidades:

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