¿Quienes son excluidos de presentar la DJ anual de Precios de Transferencia?

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Desde este 16 de Junio, se inicia el cronograma de vencimientos para la declaración jurada informativa reporte local, de acuerdo al formulario 3560, por lo que tu como contribuyente, debes estar al tanto de estas fechas. En este blog, te contaremos mas del precio de transferencia y las fechas de vencimiento respectivas.

Son los precios a los cuales una empresa:

  • Transfiere bienes tangibles o intangibles
  • Presta servicios a empresas con las cuales guarda una relación o vinculación económica
Lee también: Como sacar tu reporte tributario de SUNAT
  • Primeramente, debes ingresar al portal de SUNAT Operaciones en Línea, en el cual digitarás las credenciales respectivas para ingresar.
  • Luego de ello, sigue esta ruta: Presento mis declaraciones informativas/ Informativas / Presentación de declaraciones informativas. 
  • Seleccionar como tipo de declaración Formulario Virtual y como N.° Formulario Precios de Transferencia – Reporte Local.
  • Asignar la información que se menciona en los anexos I o II de la Resolución de Superintendencia
  • Adjuntar los archivos solicitados en los anexos III y IV de la Resolución de Superintendencia (cabe recalcar que, los formatos pueden ser en PDF y excel)

Por otro lado, la versión PDT 3560 de los precios de transferencia, se encuentran en la sección de modulos independientes:



Tal como se menciona en el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia de SUNAT N° 14- 2018:

  • A las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales para efectos del Impuesto a la Renta que no generan rentas de tercera categoría.
  • A las empresas que (según el Decreto Legislativo N.° 1031), promueven la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, conforman la actividad empresarial del Estado, así como a las empresas del Estado pertenecientes al nivel del gobierno regional y local a las que se aplica la primera disposición complementaria transitoria y modificatoria del citado decreto legislativo.
feriado – 36

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