Como conocemos, el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), es lo que SUNAT viene implementando para el llevado de las compras y ventas de manera electrónica. Conoce las implicancias del SIRE aquí:

¿Qué es el SIRE?
Sus siglas significan «Sistema Integrado de Registros Electrónicos»
La Resolución 000190-2022/Sunat, acata que el SIRE se aplicará con el fin de brindar mayores facilidades a los contribuyentes para que efectúen las adecuaciones necesarias.
Además dispone que, los sujetos obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de acuerdo con la Ley del IGV quedan obligados a llevar el RVIE y el RCE.
Se conoce que un grupo de contribuyentes empezará a llevar el SIRE desde Julio y otro grupo desde Octubre.
Multa:
Aun no se ha establecido multa por el SIRE, sin embargo, existe para los libros electrónicos:
El numeral 10 del articulo 175 del código tributario, menciona que:
La Multa por no presentar, asciende a 0.6% de los ingresos netos del año anterior, además, la multa no puede ser menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT.
Sin embargo, existe la facultad discrecional indica que si no has presentado tus libros electrónicos a la fecha, puedes hacerlo antes que la SUNAT te notifique. Por ejemplo:
- Se da una rebaja del 100% si se subsana antes de que surta efecto la notificación de SUNAT acerca de la infracción
- Una sola multa si subsana luego de surtir el efecto la notificación de SUNAT.
Aprende un poco mas del SIRE:
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