La administración tributaria viene efectuando el envió de cartas inductivas en relación a inconsistencias encontradas en la declaración del PLAME por aquellos RxH que superan los S/1,500.00 y no se efectuó la retención correspondiente por no contar con suspensión.
CARTA INDUCTIVA POR NO EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL 8% EN RENTAS DE CUARTA CATEGORIA INCUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
Recibos por Honorarios con montos superiores a S/ 1,500 00 se debe efectuar la retención del 8%.
Caso contrario solicitar la constancia de suspenden de renta para no aplicar la retención en mención.
INFRACCIÓN COMETIDA POR NO RETENER EL 8%
No efectuar las retenciones o percepciones establecidas por Ley, salvo que el agente de retención o percepción hubiera cumplido con efectuar el pago del tributo que debió
retener o percibir dentro de los plazos establecidos
BASE LEGAL
Código Tributario, Articulo 177 numeral 13
