En este articulo podrás conocer los pasos para poder generar correctamente el SIRE, y con ello, aprenderás sobre que propuestas aceptar o no, mediante algunos casos prácticos que perucontable te propone.
Procedimiento general:

PROPUESTA DE SUNAT:
La SUNAT pone a partir del 2do día calendario de cada mes, mediante el SIRE, un archivo plano con las compras/ventas electrónicas del mes. Esta propuesta se genera de manera automática con la información que se recibe o la que se generó el día anterior.
Por ejemplo, si el periodo a declarar es Octubre, la propuesta saldría el 2do día de Octubre.
PRELIMINAR:
El generador puede generar el preliminar del SIRE:
- A partir del octavo día calendario del mes siguiente al período respectivo:
- Si la propuesta pertenece a un emisor de recibos electrónicos por servicios públicos emitidos en el Sistema de Emisión Electrónica para empresas supervisadas, desde el décimo día calendario de dicho mes, el generador puede generar el preliminar del SIRE.
Por ejemplo, si el periodo a declarar es Octubre, la generación del preliminar saldría el 8do día de Noviembre.
VENCIMIENTO:
Recordemos que el plazo es de acuerdo al cronograma establecido por SUNAT:

¿QUÉ INFORMACIÓN ENVIAR?
Es una “Propuesta” de la SUNAT (El SIRE se alimenta de los comprobantes electrónicos)
- Registro de Ventas: Envíe todos los comprobantes emitidos en el mes
- Registro de Compras: Envíe aquellos comprobantes que le otorguen derecho al crédito fiscal
Aparecerá todo aquello que sea anulado, aceptados o dado de baja.
¿DEBO ACEPTAR LA PROPUESTA?
Para poder entenderlo mejor, presentaremos algunos casos prácticos:
CASO 01: RVIE
- La empresa ABC SAC según su sistema de Facturación ha emitido 10 Comprobantes de Ventas en el mes de Octubre 2023.
- En la propuesta de SIRE aparecen únicamente 8 Comprobantes.

Tienen que ser iguales.
CASO 01: RCE
- La empresa ABC SAC ha recepcionado la Factura F001-1234 por el servicio de arrendamiento en el mes de octubre del 2023.
- La detracción se pagó el 20 de noviembre.
- Esta Factura aparece en la propuesta RCE ¿La empresa debe declarar esta factura?

La empresa no debe declarar esa compra, ya que no ha pagado aun la detracción. Por ende, no tendría derecho a crédito fiscal.
RESUMEN:
En el caso del RVIE:
- No puedes agregar comprobantes que según la norma deben aparecer automáticamente en la propuesta (FT, NC, ND, BOLETAS)
- Sólo puedes agregar Comprobante de Pago que la norma dice que no van a aparecer (Liquidación de compra)
- También puedes agregar comprobantes físicos
- Las NC no se pueden excluir de la propuesta
- Tener en cuenta el tipo de cambio VENTA de SUNAT
En el caso del RCIE:
- Si te faltan electrónicas dentro del mes en la propuesta si lo puedes agregar, PERO, sólo de meses ANTERIORES
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