SUNAT: ¿Cómo registrar y actualizar los datos de tus trabajadores en T-Registro?

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Revisa en este articulo todos los pasos a seguir para registrar y actualizar de forma online los datos de tus trabajadores en planilla en T-Registro de la SUNAT.

Plataforma de SUNAT:

En tanto, los trabajadores solo pueden consultar en dicha plataforma si fueron declarados como tales por la empresa o si sus datos están completos o inconsistentes.

¿Cómo registrar y actualizar los datos de tus trabajadores en planilla?

  • Ingresa a www.sunat.gob.pe y dale clic en Operaciones en línea
  • Ingresa tu clave sol y busca T- Registro
  • Selecciona los campos que vas a actualizar, como número de celular, correo electrónico, cuenta de abono y entidad financiera. (Al costado de cada trabajador, sale un icono para modificar esos datos)

¿Cuál es el plazo que tienen los empleadores?

  • Registro de alta de trabajador, personal en formación laboral o personal de terceros: dentro del primer día trabajo, independientemente de la modalidad de contratación y de los días laborados.
  • Registro de alta de pensionista: dentro del primer día hábil del siguiente mes en que se puso a disposición la primera pensión afecta, sea provisional o definitiva.
  • Registro de modificación de datos: dentro de los cinco días hábiles de ocurrido el evento.
  • Registro de baja: al día siguiente de terminadas las prestaciones, de la suspensión o fin de condición de pensionista, o fin de la obligación de hacer aportes a EsSalud, según sea el caso.

¿En cuánto tiempo reciben las constancias de registro los trabajadores en planilla?

Como empleador, debes entregar a tus trabajadores y prestadores de servicios, de cuarta o quinta categoría, la constancia física o electrónica de alta, modificación o actualización que se haga en el T-Registro, de acuerdo a estos plazos:

  • Alta: en el día hábil siguiente del inicio de la prestación de servicios.
  • Modificación: dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha en que se hizo la modificación o actualización.
  • Baja: solo si se pide, se entregará la constancia después de dos días calendarios de haber presentado la solicitud.

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