Pensiones con información falsa no serán suspendidas

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Hasta el último 8 de febrero, si la ONP detectaba información falsa como sustento para la entrega de una pensión, esta se podía suspender. Sin embargo, una polémica sentencia que contraviene sentencias anteriores de esta misma instancia abre las puertas para que todo aquel que justifique una pensión con documentación no verídica la siga recibiendo. Conoce más aquí.

La sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), el 9 de febrero del 2024, indica que se necesita una ley que habilite a la ONP a declarar la suspensión; por tanto, la ONP quedaría impedida de suspender pensiones, así se hayan obtenido de forma ilegal. Empero, la entidad afirmó que acatará de manera inmediata el fallo del TC.

La ONP explicó que cuando otorga pensiones, lo hace a partir de documentos presentados por los afiliados para justificar que sí aportaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Dichos documentos son asumidos como verdaderos por la ONP, en aplicación del principio de veracidad establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley n° 27444, los cuales son base para poder otorgar la pensión solicitada.

Jorge Guillén, advierte que esta sentencia mellaría no solo la sostenibilidad de la ONP, sino de las finanzas públicas en general. A su vez, explica que la sentencia permitiría que muchas personas tengan esa conducta (presentar información apócrifa), a fin de obtener una pensión del Estado. »A veces, el afiliado puede tener momentos en que no aporta o que la empresa haga un mal registro, pero otra cosa es que una persona sin ninguna prueba busque una pensión”, menciona el experto.

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