Pagos laborales con billeteras digitales: implicancias prácticas y riesgos que las empresas deben gestionar

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El Decreto Supremo N.° 011-2026-EF, que reglamenta la Ley N.° 32413, marca un antes y un después en la forma de pagar remuneraciones en el Perú, al habilitar el uso de billeteras digitales como Yape, Plin, Tunki, BIM, entre otras.
Sin embargo, más allá de la novedad tecnológica, esta modalidad trae implicancias prácticas y riesgos laborales que los empleadores deben evaluar cuidadosamente para evitar contingencias.

  1. El pago por billetera digital no es automático: requiere acuerdo

El reglamento es claro: el pago mediante billeteras digitales solo procede por acuerdo entre empleador y trabajador.
No se trata de una decisión unilateral de la empresa. Forzar esta modalidad sin consentimiento podría ser considerado una infracción laboral por afectar la forma de pago de la remuneración.

Riesgo: observaciones en una inspección de SUNAFIL por modificación unilateral de condiciones laborales.

  1. Identificación del titular y trazabilidad del pago

La billetera digital debe estar asociada a una cuenta de ahorros o cuenta de dinero electrónico con titular debidamente identificado.
Esto exige a las empresas validar que la billetera:

  • Pertenece efectivamente al trabajador.
  • Permite identificar al titular.
  • Genera constancia de abono.

Riesgo: pagos no acreditables como remuneración si no existe evidencia fehaciente del depósito.

  1. Límites operativos y riesgo de pagos incompletos

La SBS establecerá límites operativos (montos diarios, saldos máximos, etc.).
Si la remuneración supera dichos límites, el empleador debe garantizar que el trabajador reciba el íntegro de su sueldo, sin fraccionamientos indebidos o retrasos.

Riesgo: pago incompleto o extemporáneo de remuneraciones, con consecuencias laborales y administrativas.


  1. Boleta de pago y constancia de abono

El reglamento indica que no será necesaria la boleta de pago cuando la remuneración se abone vía EEDE, bastando la constancia de abono.
No obstante, desde una buena práctica laboral y probatoria, es recomendable:

  • Mantener registros internos.
  • Conservar constancias digitales.
  • Cruzar información con la planilla electrónica.

Riesgo: debilidad probatoria ante reclamos laborales o fiscalizaciones.

  1. Cambio de billetera digital por el trabajador

El trabajador puede cambiar de Empresa Emisora de Dinero Electrónico (EEDE), comunicándolo:

  • Dentro de los primeros 10 días hábiles del inicio del vínculo laboral.
  • O dentro de los primeros 10 días hábiles del mes en caso de cambio.

    La empresa debe estar preparada para gestionar estos cambios sin afectar la oportunidad del pago.

Riesgo: errores operativos que deriven en pagos a cuentas incorrectas.

  1. Sector público: aplicación progresiva

En el sector público, la aplicación será gradual según disponga el MEF.
Las entidades deberán ajustar sus sistemas de pago, control interno y verificación presupuestal.

Riesgo: implementación apresurada sin lineamientos claros.

Recomendaciones

La habilitación del pago de haberes mediante billeteras digitales representa un avance en inclusión financiera y modernización laboral. Sin embargo, no elimina las obligaciones del empleador, sino que exige mayor control, documentación y acuerdos claros.

En Corporación Perú Contable, recomendamos que las empresas:

  • Actualicen sus políticas internas de pago.
  • Formalicen acuerdos con los trabajadores.
  • Evalúen los riesgos laborales y operativos antes de implementar esta modalidad.

La tecnología facilita el pago, pero la responsabilidad laboral sigue siendo del empleador.

📋 En Corporación Perucontable hemos elaborado este checklist práctico para que las empresas implementen correctamente el pago de remuneraciones mediante billeteras digitales, cumplan la normativa laboral vigente y eviten contingencias. ✅💼


Lee también: ¡Revolución en los pagos laborales! Decreto Supremo N.º 011-2026-EF habilita billeteras digitales para pagar sueldos en el Perú


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