Cualquier trabajador puede enfrentarse a una emergencia personal, enfermedad o situación que le impida desempeñar sus funciones de manera habitual. Por este motivo, es importante que estén informados sobre las licencias laborales que estarán vigentes durante el 2024, ya que todas garantizan que el empleado continúe percibiendo su remuneración durante el periodo de ausencia. A continuación, te contamos todos los detalles de estas licencias laborales remuneradas.

¿Qué son las licencias laborales remuneradas?
Son un período autorizado durante el cual un empleado puede ausentarse temporalmente de su trabajo debido a razones específicas, como problemas de salud, asuntos familiares, entre otras, sin perder su compensación económica. Este derecho proporciona respaldo a la calidad de vida de los empleados al ofrecerles la tranquilidad necesaria, lo que contribuye a mitigar el impacto económico asociado con las eventualidades que puedan surgir.
Las 16 licencias remuneradas vigentes durante el 2024:
- Licencia de maternidad: 98 días (49 días prenatal y 49 posnatal).
- Licencia de paternidad: 10 días que se pueden ampliar a 20 en caso de nacimientos prematuros o múltiples.
- Fallecimiento: 5 días por pérdida de un familiar directo, pero con posibilidad a extensión.
- Enfermedad grave o accidente grave de familiares directos: 7 días de descanso.
- Asistencia médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad: 56h al año.
- Lactancia: una hora por día, puede extenderse a 2 en caso de parto múltiple.
- Sindical: licencia de 30 días asumidos por la empresa.
- Por adopción: 30 días de descanso.
- Asistencia médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad: 56 horas consecutivas o alternas al año.
- Para realizarse exámenes oncológicos preventivos: 1-2 días.
- Para examen de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino: 1 al año.
- Tratamiento de tuberculosis: 1h de permiso.
- De familiar con alzhéimer: 1 día al año.
- Bomberos voluntarios: por el tiempo de funciones.
- Miembros del comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo: 30 días naturales por año.
- Representar al Perú en eventos oficiales: facilidades otorgadas mientras dure la representación en actos nacionales o internacionales.
- Por actos de violencia: 5 días por un lapso de 30 días o más de 15 días en un período de 180 días calendarios.
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