El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha publicado en su sitio web oficial la ‘Guía de Contratos de trabajo sujetos a modalidad en el sector privado’. Según este recurso informativo, basado en la normativa laboral actual, las empresas o entidades privadas podrán celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad cuando sea necesario para cubrir las demandas del mercado o aumentar la producción de la empresa. Conoce más aquí.

¿Qué son los contratos de trabajo?
Los contratos de trabajo son acuerdos legalmente vinculantes entre un empleador y un trabajador, en los cuales el trabajador se compromete a realizar ciertas tareas o servicios a cambio de una remuneración por parte del empleador. Estos contratos establecen los derechos y obligaciones de ambas partes en relación con el trabajo que se realizará, incluyendo aspectos como la duración del empleo, la remuneración, las horas de trabajo, los beneficios, las condiciones laborales y cualquier otra disposición relevante para la relación laboral.
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Tipos de contratos de trabajo
Existen tres tipos de contratos de trabajo sujetos a modalidad: temporales, accidentales y de obra o servicio. Deben constar por escrito y detallar su duración y causas. Se pueden celebrar contratos por períodos menores dentro de los límites establecidos. Se permite la sucesión de contratos con el mismo empleado, no superando cinco años en total. Si el empleador rescinde el contrato después del período de prueba, debe pagar una indemnización limitada.
Desnaturalización de contrato
La guía indica que los contratos de trabajo se vuelven indefinidos si el trabajador continúa después del plazo establecido o si hay indicios de fraude. Además, los trabajadores permanentes cesados no pueden ser recontratados temporalmente hasta pasado 1 año.
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