¿Cómo sé si me corresponde recibir gratificación?

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Nos encontramos en el mes de Julio, las festividades patrias, y tu como trabajador estas atento a ello, ya que te toca recibir la «grati». Por ello, conoce si te corresponde recibir gratificación. Conoce más en este articulo sobre el tema.

  • Las gratificaciones son beneficios sociales que se otorgan 2 veces al año, teniendo como máximo la quincena de Julio y la quincena de Diciembre, coincidentemente con las festividades patrias y navideñas.
  • Este beneficio esta dirigido a los trabajadores del sector privado.

Casos:

  • Si estas en una microempresa, no recibirás este beneficio, ya que ellas no están obligadas a realizar el pago de la gratificación.
  • Si estas en una pequeña empresa, si recibirás el beneficio, pero solo la mitad.
  • Si eres un practicante, no tienes derecho a recibir gratificaciones en fiestas patrias ni en navidad

Si eres locador de servicios, ósea emites recibos por honorarios, no te corresponde recibir este beneficio.

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Base legal:

Tal como se menciona en el articulo 24, numeral 4 del decreto supremo 019-2006-TR:

  • El hecho de no pagar de manera integra y oportunamente las remuneraciones y beneficios sociales a los trabajadores, se considera una falta grave.
  • La sanción al empleador oscila entre multas de hasta 4.5 UIT para empresas pequeñas y 26.12 UIT como maximo, para las empresas acogidas al regimen general.

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