Cálculo de Gratificación Diciembre 2025: Casos Prácticos

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La gratificación de diciembre —conocida como “grati navideña”— es un derecho de los trabajadores del régimen laboral privado. Su cálculo depende de la remuneración computable, el tiempo laborado en el semestre, y la correspondiente bonificación extraordinaria por seguro de salud. A continuación, detallamos el régimen vigente para este beneficio en 2025.

Marco normativo vigente en 2025

  • El derecho a gratificaciones está regulado por la Ley 27735, que prevé una gratificación por Navidad —y otra por Fiestas Patrias— para trabajadores del sector privado.
  • Su reglamentación (Decreto Supremo 005-2002-TR) precisa que la remuneración computable para la gratificación debe corresponder a la vigente al 30 de noviembre (para la gratificación de diciembre).
  • En 2025, las empresas deben abonar la gratificación a más tardar el 15 de diciembre.

¿Qué remuneraciones se consideran para calcular la gratificación?

La remuneración computable incluye:

  • Sueldo bruto mensual.
  • Asignación familiar (si corresponde).
  • Comisiones, bonificaciones u otros ingresos remunerativos regulares — siempre que se hayan percibido de forma continua durante el semestre.

No se consideran — por lo general — ingresos extraordinarios, ni incentivos no remunerativos.

Cálculo de la gratificación — completo o proporcional

  • Si el trabajador laboró todo el semestre (julio‑diciembre 2025):
  • Gratificación = remuneración computable (sueldo + asignación familiar + remuneraciones variables regulares).
  • Si laboró parcialmente (menos de 6 meses):
  • Gratificación proporcional = (Sueldo bruto ÷ 6) × meses completos trabajados, más asignación familiar (si aplica) y remuneraciones variables computables.

En 2025, la base se refiere a la remuneración vigente al 30 de noviembre para gratificación completa o proporcional.

Bonificación extraordinaria por seguro de salud

Además de la gratificación base, el trabajador recibe una bonificación extraordinaria que depende de su seguro de salud:

  • Si está afiliado a EsSalud → bonificación del 9%.
  • Si está cubierto por una EPS → bonificación del 6.75%.

Este monto debe figurar en la planilla electrónica de diciembre.

Fecha límite de pago

El empleador debe depositar la gratificación (y la bonificación extraordinaria) a más tardar el Lunes 15 de diciembre de 2025, para garantizar el cumplimiento de la obligación laboral.

Casos prácticos

SituaciónSueldo mensualMeses laborados jul‑dicTipo de seguroMonto grati + bonificación
Trabajador con salario S/ 3,000, laboró todo el semestre, afiliado a EsSaludS/ 3,0006EsSalud (9 %)Gratificación: S/ 3,000 + Bonif.: S/ 270 → S/ 3,270
Trabajador con salario S/ 2,000, ingresó en octubre 2025 (3 meses), afiliado a EPSS/ 2,0003EPS (6.75 %)Gratificación proporcional: (2,000 ÷ 6) × 3 = S/ 1,000 + Bonif.: S/ 67.50 → ≈ S/ 1,067.50

Conclusiones

  • Las reglas de cálculo de la gratificación de diciembre siguen vigentes para 2025, reguladas por la Ley 27735 y su reglamento.
  • La remuneración computable debe determinarse con la remuneración vigente al 30 de noviembre.
  • Si el trabajador no laboró todo el semestre, corresponde gratificación proporcional.
  • Hay una bonificación extraordinaria por seguro de salud: 9% para afiliados a EsSalud, 6.75% para EPS.
  • Fecha límite de pago: 15 de diciembre de 2025.

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