Los extrabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley tendrán derecho a optar alternativa y excluyentemente entre cuatro beneficios.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó la última lista de 13,530 extrabajadores cesados irregularmente, quienes quedan inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI).

Plazo máximo para optar por beneficios es de 60 días hábiles
Las personas incluidas en la lista tienen un plazo máximo de 60 días hábiles para optar por uno de los beneficios previstos en el artículo 3 de la Ley 27803, que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales.
De acuerdo a la norma mencionada, los ex trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley tendrán derecho a optar alternativa y excluyentemente entre los siguientes beneficios:
- Reincorporación o reubicación laboral
- Jubilación Adelantada
- Compensación Económica
- Capacitación y Reconversión Laboral
Para tal fin, deben presentar el formato “Solicitud de Elección del Beneficio” ante la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria del MTPE o la que haga sus veces en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, a nivel nacional.
La documentación que acredite la elección del beneficio, de acuerdo con la Ley Nº 27803, puede ser presentada en copias simples, adjuntando una declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
Además, se encarga a la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del MTPE la atención de las comunicaciones que se presenten en el marco de lo regulado en la presente resolución ministerial.
Consultas
A partir de la fecha, la autoridad de Trabajo atenderá y resolverá toda consulta vinculada al proceso de inscripción en el RNTCI. Para ello, el MTPE habilitó diversos canales de atención telefónica, presencial y por correo electrónico.
En el primero, los interesados podrán llamar a la línea telefónica: 0800-16872. El segundo, se efectuará ante la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, en la sede del MTPE, en la avenida Salaverry 655, Jesús María. Y, por último, la dirección electrónica: secretaria_tecnica@trabajo.gob.pe.
RELACIÓN DE EX TRABAJADORES CESADOS IRREGULARMENTE QUE SE INCORPORAN AL LISTADO APROBADO POR LA RESOLUCIÓN… por Diario Oficial El Peruano
Referencia:
MTPE publica última lista de extrabajadores cesados irregularmente: ¿qué opciones tienen?| Gestión| https://gestion.pe/economia/management-empleo/mtpe-publica-ultima-lista-de-extrabajadores-cesados-irregularmente-que-opciones-tienen-noticia/