PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES EN EL SECTOR MINERO

0
600

La participación en las utilidades es un derecho laboral que permite a los trabajadores acceder a una parte de las ganancias netas generadas por la empresa. En el sector minero, este beneficio adquiere una especial relevancia debido a la alta rentabilidad de muchas empresas en esta industria. A continuación, se detalla el marco legal, la finalidad y los criterios de distribución de las utilidades en este sector.

Marco Legal

Este derecho se encuentra reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, el cual establece que los trabajadores deben recibir una participación en las utilidades netas de la empresa. Además, existen normativas específicas que regulan este beneficio:

  • Decreto Legislativo N.º 892: Regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que generan rentas de tercera categoría.
  • Decreto Supremo N.º 009-98-TR: Reglamento que establece los procedimientos para la aplicación del derecho de participación en las utilidades.
  • Decreto Legislativo N.º 677: Contiene disposiciones relacionadas con la participación de los trabajadores en la utilidad, gestión y propiedad de las empresas.

Finalidad de la Participación de Utilidades

El objetivo principal de esta medida es fomentar la identificación de los trabajadores con la empresa y, como consecuencia, mejorar la productividad y eficiencia laboral. La participación en las utilidades no solo incentiva el esfuerzo de los trabajadores, sino que también permite compartir los beneficios del crecimiento empresarial.

Ámbito de Aplicación

Tienen derecho a participar en las utilidades los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que presten servicios en empresas generadoras de rentas de tercera categoría, como lo establece el artículo 28º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. Entre estas actividades se incluyen:

  • Minería
  • Industria
  • Comercio
  • Agropecuaria
  • Forestal
  • Pesquera
  • Construcción

Empresas Obligadas a Repartir Utilidades

Para que una empresa esté obligada a repartir utilidades, debe contar con más de 20 trabajadores y sus empleados deben estar contratados bajo:

  • Contrato a plazo indefinido
  • Contrato sujeto a modalidad
  • Contrato de trabajo en régimen de tiempo parcial (de forma proporcional a sus remuneraciones)

Excepciones

No tienen derecho a la participación en utilidades:

  • Trabajadores contratados bajo locación de servicios
  • Personas en modalidades formativas laborales
  • Trabajadores del hogar
  • Trabajadores de la microempresa
  • Trabajadores destacados por empresas de intermediación laboral (estos reciben utilidades de la empresa contratante, no de la empresa usuaria).

Determinación del Número Mínimo de Trabajadores

Para determinar si una empresa tiene más de 20 trabajadores, se realiza el siguiente cálculo:

  • Se suma el número de trabajadores en cada mes del año.
  • Se divide el total entre 12.
  • Si el resultado incluye una fracción mayor o igual a 0.5, se redondea al entero superior.

Criterios para la Distribución del Porcentaje de Utilidades

El porcentaje de utilidades a repartir se distribuye de la siguiente manera:

A) 50% en Función a los Días Laborados

  • Se divide el monto destinado a esta parte entre el total de días laborados por todos los trabajadores.
  • El resultado se multiplica por los días laborados de cada trabajador.

B) 50% en Proporción a la Remuneración

  • Se divide el monto destinado a esta parte entre la suma total de remuneraciones de todos los trabajadores.
  • El resultado se multiplica por la remuneración de cada trabajador.

Límite de Participación

Cada trabajador podrá recibir como máximo hasta 18 remuneraciones mensuales, calculadas con base en la remuneración vigente al cierre del ejercicio.

Cursos y Diplomados que te recomendamos:

Conoce más detalle en este vídeo:

¿Te gustó este articulo? Coméntanos.

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí