Este sábado 29 de junio es feriado a nivel nacional, en conmemoración de la festividad católica de San Pedro y San Pablo. Este feriado es uno de los 16 que tenemos durante el año. Es asi que, los trabajadores del sector privado que laboren el día feriado y sin descanso sustitutorio, tendrán derecho a una triple remuneración. Conoce mas detalles en esta nota:

El personal público y privado descansa este 29 de junio y el empleador les paga el día de manera normal a finales de mes. Esta medida resulta de aplicación tanto a personal que labora de manera presencial como a los que realizan teletrabajo, aplicándose en este último caso la desconexión digital.
Pago:
En otras palabras, quienes laboren este 29 de junio percibirán 2 días adicionales de remuneración. No se trata de un pago triple pues, reiteramos, el pago ordinario por el 29 de junio ya viene incluido en la remuneración mensual normal del mes de junio.
Por ejemplo:
Si un trabajador percibe S/ 1,500 mensuales, su remuneración diaria equivale a S/ 50 (1,500 entre 30 días). Al descansar el 29 de junio su remuneración a fin de mes será S/ 1,500. Se le paga los S/ 50 como si hubiera trabajado el día 29 pese a que descansó.
En cambio, si trabaja el 29 de junio, además de los S/ 1,500 (que ya incluyen los S/ 50 por el feriado), percibirá S/ 100 (un día de remuneración por el trabajo en feriado más la sobretasa del 100%: S/ 50 + S/ 50).
Multa:
El incumplimiento de la regulación sobre el día feriado califica como una infracción muy grave sancionable con una multa por parte de Sunafil, cuyo importe que oscila entre S/ 13,544.50 y S/ 270,592.50 dependiendo del número de trabajadores afectados.
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