El 6 de agosto es feriado nacional: empleados que laboren este sábado recibirán hasta triple pago

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Revisa te corresponde cobrar si trabajas esta fecha que ha sido declarada recientemente por el Gobierno como feriado nacional. También conoce la lista de feriados que faltan en este 2022.

El último 26 de julio se publicó la Ley 31530 en el diario oficial El Peruano, mediante la cual se establece que el sábado 6 de agosto es feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Junín. Para ello se modifica el sexto artículo del Decreto Legislativo 713, lo que suma esta fecha al calendario de los feriados antes establecidos.

Muchos ciudadanos recién están tomando conocimiento de este feriado, por ello, es importante recordar que, según el Decreto Legislativo antes mencionado, en todas fechas establecidas como tal los trabajadores que laboren esos días tienen derecho a recibir hasta triple remuneración o un descanso sustitutorio.

Revisa en qué casos y cuánto te corresponde de pago si trabajas este sábado 6 de agosto.

¿Cuánto me corresponde de pago si trabajo el feriado del 6 de agosto?

Los empleados, tanto del sector público como del privado, que laboren en feriado de forma remota, presencial o semipresencial tienen derecho a recibir una remuneración triple si es que no han negociado un descanso sustitutorio con el empleador, según el Decreto Legislativo N.º 713.

Además, tal como indicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), hay otros casos a tomar en consideración a la hora de calcular cuánto te corresponde de pago. Revísalos a continuación:

  • Los feriados remunerados: los feriados nacionales, como el del 6 de agosto, aplican a los trabajadores públicos y privados. Recuerda que estos feriados son remunerados sin la obligación de prestar servicios al empleador.
  • Si trabajas en feriados sin descanso sustitutorio: los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar en estas fechas, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por dicho feriado triple remuneración diaria: una por el feriado y otra con la sobretasa del 100% por haber trabajado en día feriado.
  • Si trabajas en feriado con descanso sustitutorio: recuerda que los trabajadores que acuerden laborar en dicho feriado con descanso sustitutorio percibirán su remuneración normal.
  • Si trabajas de forma remota: así como en los casos presenciales, a los trabajadores que vienen realizando trabajo de manera remota también les corresponde el feriado. Por tanto, tienen derecho a percibir su remuneración sin trabajar. En caso se llegue a un acuerdo con su empleador que laborará en dicho feriado sin descanso sustitutorio, les corresponde también el pago triple de su remuneración diaria.
  • Si estoy con descanso médico durante el feriado: los trabajadores que durante los feriados se encuentren con descanso médico, que coincide con los primeros 20 días de descanso en el año 2022, deberán recibir el pago del feriado sin haber laborado. En tanto, si el reposo es a partir del día 21, el empleador paga el feriado, no como remuneración, sino como subsidio.
  • Si estoy de vacaciones durante los feriados: los trabajadores que durante el feriado por Fiestas Patrias están gozando de vacaciones anuales no tienen derecho al pago de remuneración adicional. Esto se debe a que en su remuneración vacacional ya se debe incluir el feriado.

Ejemplo:

Quienes laboren este 6 de agosto percibirán dos días adicionales de remuneración a fin de mes. No se trata de un pago triple pues, reiteramos, el pago por el 6 de agosto ya viene incluido en la remuneración mensual normal del mes de agosto.

Por ejemplo: Si un trabajador percibe 1,500 soles mensuales, su remuneración diaria equivale a 50 soles (1,500 entre 30 días).

Al descansar el 6 de agosto su remuneración a fin de mes será 1,500 soles. Se le paga los 50 soles como si hubiera trabajado el 6 pese a que descansó.

En cambio, si trabaja el 6 de agosto, además de los 1,500 soles (que ya incluyen los 50 soles por el feriado), percibirá 100 soles (un día de remuneración por el trabajo en feriado más la sobretasa del 100%: S/ 50 + S/ 50).

¿Cuántos feriados hay en agosto?

Según lo establecido por el Gobierno, en agosto se darán dos feriados: sábado 6 (Batalla de Junín) y el lunes 30 de agosto (día de Santa Rosa de Lima).

Fuente: larepublica.pe

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