Caso práctico N.° 1
Descanso vacacional
El señor Miguel Patricio, representante de la empresa Perucontable nos hace la consulta con relación al periodo vacacional que le deberá corresponder a su personal, para lo cual nos brinda información respecto a los que laboran:
-Trabajadores que laboran seis días a la semana;
-Trabajadores que laboran cinco días a la semana;
-Trabajadores que laboran cuatro o tres días a la semana.
Solución
El Decreto Legislativo N.° 713 en su artículo 10 menciona que todo trabajador tiene derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional.
Asimismo, se menciona que dicho derecho está condicionado al cumplimiento del récord que se señala a continuación:
- Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria es de seis días a la semana, haber realizado labor efectiva por los menos doscientos sesenta (260) días en dicho periodo.
- Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria sea de cinco días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos diez (210) días en dicho periodo.
- En los casos en que el plan de trabajo se desarrolle en solo cuatro o tres días a la semana o sufra paralizaciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, los trabajadores tendrán derecho al goce vacacional, siempre que sus faltas injustificadas no excedan de diez (10) en dicho periodo.
Por tanto, para el otorgamiento de vacaciones, el señor Miguel Patricio tendrá que tener en cuenta los requisitos señalados anteriormente.
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