Cálculo de beneficios sociales en el Régimen Agrario [2020]

2
10736

El 29 de diciembre de 2019, mediante publicación del Decreto de Urgencia N.° 043-2019, se realizó la modificatoria respecto al régimen agrícola, siendo más precisos en lo referido a la remuneración, vacaciones, despido arbitrario y aportes al Seguro de Salud.

Para ello se realizarán los siguientes casos:

Caso práctico N.° 1

La empresa El Fruto del Edén desea saber cuánto tendrá que pagarles a sus trabajadores al mes a partir del 1 de enero del 2020.

Solución

De conformidad con el Decreto de Urgencia N.° 043-2019, la remuneración diaria será de S/ 39.19 a partir del 1 de enero del 2020. Asimismo, el pago de la remuneración diaria se dividirá de la siguiente manera: CTS 9.72 %, Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad será equivalente al 16.66 %. Por tal motivo, el pago mensual correspondiente a los trabajadores del régimen agrícola será el siguiente:

Compensación por tiempo de servicios: 39.19 x 9.72 % = S/ 3.81

Gratificaciones: 39.19 x 16.66 % = S/ 6.53

Ante ello, se dará el siguiente incremento:

RD (remuneración diaria): S/ 39.19

RM (remuneración mensual): RD x 30 = 39.19 x 30 = S/ 1,175.70

De conformidad con el Decreto de Urgencia N.° 043-2019, el porcentaje de aporte por el Seguro de Salud será del 6 %; por tal motivo, se realizará el siguiente aporte:

Aporte del 6 %: S/ 1,175.70 x 6 % = 70.54

Total neto a pagar: S/ 1,175.70

Respuesta

El pago mensual para los trabajadores bajo el régimen agrícola será de S/ 1,175.70 mensuales y el aporte a Essalud será de S/ 70.54.

Caso práctico N.° 2

La empresa Don Gilberto tiene un trabajador que les ha solicitado 20 días de vacaciones; ante ello, desea saber cómo se realizará el cálculo de la remuneración vacacional.

Datos

Días de vacaciones solicitados: 20 días
Remuneración diaria: S/ 39.19

Solución

Días de vacaciones x remuneración diaria: 20 x 39.19 = S/ 783.80

Respuesta

El monto a pagar por los 20 días de vacaciones será de S/ 713.26.

Caso práctico N.° 3

La empresa La Buena Familia tiene un trabajador agrícola que ha presentado su carta de renuncia el día 12 de febrero del presente año; por consiguiente, desea saber el monto a pagar por las vacaciones truncas de su trabajador.

Datos

Fecha de ingreso: 12-06-19

Fecha de cese: 12-02-20

Remuneración diaria: S/ 39.19

Cálculo de vacaciones truncas

Remuneración diaria: S/ 39.19

Número de meses laborados: 7

Solución

Vacaciones truncas: S/ 39.19 x 30 = S/ 1,175.70

S/ 1,175.7/12 x 7 = S/ 683.83

Respuesta

El pago por los 7 meses de vacaciones truncas deberá ser por el monto de S/ 685.83.

Artículo que te recomendamos:

Ley de Devolución y Retiro de fondos ONP

¿Qué te pareció nuestro artículo? Coméntanos.


PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD DE COSTOS
Fechas: Martes 01/09, 08/09, 15/09, 22/09, 29/09, 06/10, 13/01 y 20/01.
Horario: 6:15 pm – 10:15 pm
Informes vía WhatsApp: https://bit.ly/30CwCFg
Informes vía Web: https://www.aulacontable.edu.pe/costos/
Evento: https://www.facebook.com/events/721389325311799/

Comentarios