Resolución N.º 09705-11-2025 – Tribunal Fiscal: Vulneración del derecho a la defensa cuando SUNAT rechaza medios probatorios sin análisis específico

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La Resolución del Tribunal Fiscal Nº 09705-11-2025 establece un criterio fundamental respecto al derecho a la defensa del contribuyente durante los procedimientos de fiscalización. El Tribunal concluyó que SUNAT vulnera este derecho cuando desconoce el mérito probatorio de los documentos presentados basándose en conclusiones genéricas, sin explicar qué pruebas revisó ni por qué las considera insuficientes.

1. Antecedentes del caso

      SUNAT fiscalizó el Impuesto a la Renta del ejercicio 2014, reparando diversas erogaciones que el contribuyente había registrado como gastos de mantenimiento de activos fijos.
      Según la Administración, dichos desembolsos debieron reconocerse como costos posteriores del activo fijo, ya que, según su criterio, generaban beneficios económicos futuros.

      Para desvirtuar los reparos, el contribuyente presentó:

      • Comprobantes de pago
      • Informes técnicos
      • Órdenes de servicio
      • Documentación de soporte diversa

      A pesar de ello, SUNAT cerró el requerimiento afirmando que la documentación presentada “no desvirtúa el reparo y, por el contrario, lo corrobora”, sin ofrecer explicación adicional.

      2. Criterio técnico sobre la naturaleza del desembolso

        El Tribunal Fiscal recordó que la diferencia entre gasto deducible y costo que debe activarse depende del efecto que el desembolso genera en relación con el rendimiento estándar del activo fijo:

        • Si el desembolso aumenta el rendimiento, vida útil o capacidad del activo → debe reconocerse como costo posterior o activo.
        • Si el desembolso solo mantiene o repone el rendimiento original → corresponde registrarlo como gasto del ejercicio.

        Este análisis demanda criterios técnicos y una evaluación individualizada de los documentos.

        3. Falta de motivación de SUNAT y vulneración del derecho a la defensa

          El Tribunal observó que, pese a que SUNAT reconoció que el contribuyente presentó medios probatorios, no evaluó ni fundamentó por qué los consideraba insuficientes.

          Las conclusiones de la Administración fueron:

          • Abstractas
          • Genéricas
          • No vinculadas a documentos concretos
          • Carentes de análisis individualizado

          SUNAT no precisó cuál documento evaluó, ni por qué un informe técnico o una orden de servicio no desvirtuaban el reparo.

          Esta falta de motivación vulnera el derecho de defensa del contribuyente, pues lo deja sin conocer las razones reales por las que su documentación no fue valorada.

          4. Decisión del Tribunal Fiscal

            Ante la ausencia de evaluación detallada y la falta de motivación del acto administrativo, el Tribunal Fiscal determinó que:

            • Los reparos formulados no estaban sustentados adecuadamente.
            • Se configuró una vulneración al derecho a la defensa.
            • En consecuencia, se levantó el reparo vinculado a estos desembolsos.

            El Tribunal enfatizó que la Administración está obligada a justificar de manera clara y específica la valoración de cada medio probatorio presentado.

            5. Importancia del criterio para los contribuyentes

              Este pronunciamiento reafirma que:

              • SUNAT debe analizar y motivar cada uno de los medios probatorios aportados.
              • Las conclusiones genéricas no son válidas para sustentar reparos.
              • El derecho a la defensa exige conocer las razones concretas que justifican el rechazo documental.
              • Cuando la motivación es insuficiente, el acto administrativo puede ser declarado inválido.

              En Corporación Perucontable, analizamos los pronunciamientos del Tribunal Fiscal para fortalecer la cultura contable y tributaria en el Perú.

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