Regímenes Tributarios: ¿A cual debería acogerme según mi negocio o empresa?

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Antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa.

NRUSRERRMTRG
Nuevo Régimen Único SimplificadoRégimen Especial de RentaRégimen MYPE TributarioRégimen General de Renta

Pasos para elegir el Régimen Tributario:

    1. Evalúa la actividad que desarrollarás

    • Proyecta los ingresos que tendrías por tu actividad.
    • Considera que hay actividades que no pueden acogerse al NRUS y al RER.

    2. Selecciona tu Régimen Tributario

    ConceptosNuevo Régimen Único Simplificado –  NRUSRégimen Especial de Renta – RERRégimen MYPE Tributario – RMTRégimen General de Renta
    Persona Natural o JurídicaSólo para Personas Naturales.Personas Naturales y Jurídicas.Personas Naturales y Jurídicas.Personas Naturales y Jurídicas.
    Límite de ingresosHasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales.Hasta S/ 525,000 anuales.Ingresos netos que no superen 1,700 UIT en el año.Sin límite.
    Límite de comprasHasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales.Hasta S/ 525,000 anuales.Sin límite.Sin límite.
    Comprobantes de pago que pueden emitirBoletas de venta, Guías de remisión y tickets (*).Facturas, boletas y todos los demás permitidos.
    Declaración Jurada Mensual/ AnualCon el pago de la cuota mensual se tendrá por presentada la Declaración Mensual.Sólo Declaración Mensual.Declaración Mensual y Anual. 
    TrabajadoresSin límite.Máximo 10 por turno.Sin límite.Sin límite.
    Libros o registros contables que debe llevarNingunoSólo Registro de Compras y Ventas.Según tus ingresos.Según tus ingresos.
    Valor máximo de activos fijosS/ 70,000 (no se computan predios ni vehículos)S/ 126,000 (no se computan predios ni vehículos)Sin límite.Sin límite.

    3.- Conoce y cumple tus obligaciones Tributarias según el Régimen Tributario que elegiste

    • Declara y paga tus impuestos según el cronograma de obligaciones mensuales.
    • Emite comprobantes de pago por tus ventas.
    • Solicita comprobantes de pago por tus compras.

    Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS

    En este Régimen Tributario se encuentran las personas que tienen un pequeño negocio cuyos clientes son consumidores finales y aquellos que desarrollan un oficio (gasfitero, pintor, carpintero, otros).

    Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:

    1. No llevas registros contables.
    2. Sólo efectúas un pago mensual.
    3. No estás obligado a presentar declaraciones anuales.
    4. Tendrás acceso al seguro de salud SIS Emprendedor. Podrás afiliar a tu esposa e hijos.
    Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS
    ¿Cuánto pagar?CategoríaIngresos o compras mensuales en soles hasta:Cuota mensual en soles:
    15,00020
    28,00050

    El Régimen Único Simplificado cuenta además con una categoría especial, la cual detallamos a continuación:

    Ingresos brutos o adquisicionesCuota mensual
    Hasta S/ 60,000 anualesNo paga cuota mensual
    Para quienes se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en mercados de abastos; ó, se dediquen exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y vendan sus productos en su estado natural.
    Debes presentar el Formulario N° 2010 en la red bancaria, por el mes en que inicias tus actividades.

    Exclusiones

    No podrás acogerte al NRUS si realizas actividades profesionales o algunas de estas:

    • Transporte de carga en vehículos con capacidad mayor o igual a 2 toneladas.
    • Servicio de transporte de terrestre nacional o internacional de pasajeros.
    • Agencias de viajes propaganda y/o publicidad.
    • Otros.

    Régimen Especial de Renta – RER

    El Régimen Especial de Renta – RER está orientado a pequeñas empresas (Persona Natural o Jurídica) que realicen actividades de comercialización de bienes que adquieran o produzcan, así como la prestación de servicios cuyos ingresos netos anuales o compras no superen los S/ 525,000.

    Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:

    • Sólo llevas dos registros contables: Registro de compras y Registro de ventas.
    • Sólo presentas las declaraciones mensuales.
    • Puedes emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
    Régimen Especial – RER
    ¿Cuánto pagar?Impuesto a la Renta mensual: cuota de 1.5% de ingresos netos mensuales
     Impuesto General a las ventas (IGV) mensual: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal).

    Exclusiones

    Si realizas estas actividades, no podrás acogerte al RER:

    • Contratos de construcción.
    • Transporte de mercancías en vehículos con capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas.
    • Servicio de transporte de terrestre nacional o internacional de pasajeros.
    • Actividades de médicos y odontólogos, veterinarias, jurídicas e ingeniería.

    Régimen MYPE Tributario – RMT

    El Régimen MYPE Tributario, está dirigido a las Micro y Pequeñas empresas (Persona Natural o Jurídica), que generen rentas de Tercera Categoría y cuyos ingresos netos no superen 1700 UIT en el año.

    Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:

    • El monto del impuesto a pagar es de acuerdo a la ganancia obtenida.
    • Puede emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
    • Puedes realizar cualquier actividad económica.
    • Contabilidad sencilla, llevas el Registro de ventas, Registro de compras y el Libro Diario de formato simplificado (hasta 300 UIT)
    • Puede acogerse a la prórroga del IGV.
    Régimen MYPE Tributario
    ¿Cuánto pagar?Pago a cuenta mensual del Impuesto a la Renta: Monto Ingresos Netos Tasa Menor a 300 UIT1% de los Ingresos Netos A partir del mes que supere las 300 UIT1.5 % de los Ingresos Netos o Coeficiente(*)(*) El que resulte mayor, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta.
    Impuesto General a las Ventas (IGV) mensual: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal).
    ¿Se presenta DECLARACIÓN ANUAL?Sí, con la cual se regulariza el pago del impuesto a la renta, dependiendo de la ganancia obtenida: Tramo de ganancia Tasa sobre la utilidad. Hasta 15 UIT10%Más de 15 UIT29.5%Si los activos superan el S/. 1 000,000 se debe declarar el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN). Tasa: 0.4%

    Régimen General de Renta – RG

    El Régimen General está dirigido a medianas y grandes empresas (Persona Natural o Jurídica), que generen rentas de tercera categoría, este régimen no tiene limitaciones por cantidad de ingresos o tipo de actividades por lo que aquí se pueden ubicar todos los contribuyentes o aquellos que no cumplen las condiciones o requisitos para estar en el Régimen MYPE Tributario. 

    Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:

    • Puedes desarrollar cualquier actividad económica, sin límite de ingresos.
    • Puedes emitir todo tipo de comprobantes de pago.
    • En caso tengas pérdidas económicas en un año, se pueden descontar de las utilidades de los años posteriores.
    Régimen General – RG
    ¿Cuánto pagar?Impuesto a la Renta: Pago a cuenta mensual (el que resulte mayor de aplicar un coeficiente o el 1.5%, según la Ley del Impuesto a la Renta).
    Impuesto General a las Ventas (IGV) mensual: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal).
    ¿Se presenta una DECLARACIÓN ANUAL?Sí, con la cual se paga una regularización del impuesto equivalente al 29.5% sobre la ganancia.

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