Para los deudores tributarios que opten por acoger su deuda pendiente de pago, al Aplazamiento y/o Fraccionamiento del Artículo 36° del Código Tributario.
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Para los deudores tributarios que opten por acoger su deuda pendiente de pago, al Aplazamiento y/o Fraccionamiento del Artículo 36° del Código Tributario.
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