Pautas para la declaración del IR de primera categoría

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Sunat emite informe en boletín electrónico. Directrices deben tomarse en cuenta para los casos de alquiler de un predio o inmueble.

Con vista a la regularización del impuesto a la renta (IR) 2018, la Sunat detalló los lineamientos que los contribuyentes deben tener presente en caso tengan la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual del IR de primera categoría respecto a ese período fiscal. 

Fue mediante la presentación de un informe en su boletín electrónico de este mes. 

Lineamientos

Así, tratándose de alquileres, si una persona natural alquiló un predio o inmueble como un departamento durante el 2018, por el cual pactó el cobro de un monto determinado o merced conductiva, habrá generado una renta de primera categoría.

Por este ingreso debió haber pagado cada mes una tasa del 5% del monto pactado, según el cronograma fijado por la administración tributaria, correspondiéndole presentar la Declaración Jurada Anual del IR 2018, en caso exista algún saldo por regularizar. 

Debe tenerse en cuenta que para determinar el IR de primera categoría es importante saber que la merced conductiva obtenida durante el año está sujeto a un tope mínimo, conocido como “renta presunta” equivalente al 6% del valor del autovalúo del predio. 

Por ende, si la merced conductiva obtenida durante el 2018 es menor al 6% del valor del autoavalúo determinado por la municipalidad distrital respectiva correspondiente a ese año, esta última será considerada como la renta obtenida en el año y se deberá presentar la citada declaración anual.

Además, la Sunat advierte que si una persona natural cede un predio gratuitamente o a un precio no fijado a otra persona natural generará una renta ficta, la cual equivale al 6% del valor autovalúo del predio, y se considerará que el predio ha sido cedido por todo el año, salvo que el propietario acredite los meses que el inmueble no estuvo ocupado. En este caso, no existe obligación de efectuar pagos a cuenta mensuales, ya que la determinación y pago del impuesto se efectuará recién mediante la declaración jurada anual.

El informe sobre este tema está en http://eboletin.sunat.gob.pe/index.php/component/content/article/1-orientacion-tributaria/408-declaracion-anual-de-impuesto-a-la-renta-de-primera-categoria

Formularios

La Sunat aprobó las reglas y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transferencias Financieras (ITF) del ejercicio fiscal 2018, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 015-2019/Sunat. Con esta norma se adopta el Formulario Virtual Nº 707-Personas Naturales para rentasde primera categoría, segunda categoría (venta de acciones y otros), rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera.

Con esta resolución también se aprueba el Formulario Virtual Nº 708, para rentas de tercera categoría.

Fuente: elperuano.pe

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