Infracciones más comunes al inicio o durante un procedimiento de fiscalización

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Entre las infracciones más comunes al inicio o durante un procedimiento de fiscalización se encuentran:

– 10.1.- Numeral 1 del artículo 175 del CT: Omitir llevar los libros de contabilidad exigidos por leyes y reglamentos. Cabe señalar que esta infracción se configura cuando en el acto mismo de la fiscalización el contribuyente no cuenta con el libro estando obligado por ley a llevarlo, no cuando el contribuyente lleva el libro de manera defectuosa o con atraso. El monto de la multa es del 0.6 % de los IN (no menor al 10 % de la UIT ni mayor a 25 UIT).

Cabe señalar que esta infracción siempre es inducida.

– 10.2.- Numeral 2 del artículo 175 del CT: Llevar los libros de contabilidad sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. Sí se cuenta con los libros pero no cumplen con la formalidad exigida por la ley para llevar dichos libros, cabe señalar que no se considera la legalización con atraso. El monto de la multa es del 0.3% de los IN (no menor al 10% de la UIT ni mayor a 12 UIT).

– 10.3.- Numeral 5 del artículo 175 del CT: Llevar los libros con atraso mayor al permitido por las normas vigentes que se vinculen con la tributación. El monto de la multa es del 0.3% de los IN (no menor al 10 % de la UIT ni mayor a 12 UIT).

– 10.4.- Numeral 1 del artículo 177 del CT: No exhibir los libros, registros u otros documentos que la Administración solicite. El monto de la multa es del 0.6 % de los IN (no menor al 10 % de la UIT ni mayor a 25 UIT). Cabe señalar que esta infracción siempre es inducida.

– 10.5.- Numeral 5 del artículo 177 del CT: No proporcionar la información o documentos que sean requeridos por la Administración sobre sus actividades. El monto de la multa es del 0.3 % de los IN (no menor al 10% de la UIT ni mayor a 12 UIT).

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