Los derechos y garantías con los que cuentan los contribuyentes en un procedimiento de fiscalización pueden ser agrupados de la siguiente manera, atendiendo a su naturaleza y rango:
a) Principios del procedimiento administrativo.- Son los previstos en la Norma IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444. Debe considerarse que, de acuerdo al numeral 2 del artículo antes aludido, la lista de principios prevista en la Norma IV en mención es únicamente enunciativa, y no taxativa, por lo que también se reconoce la existencia y aplicación de otros principios que inspiren al Derecho Administrativo. Conforme lo detallamos y explicamos en el Capítulo 1 de la presente obra, entre los principios listados tenemos a los siguientes:
– Principio de legalidad.
– Principio del debido procedimiento.
– Principio de impulso de oficio.
– Principio de razonabilidad.
– Principio de imparcialidad.
– Principio de informalismo.
– Principio de presunción de veracidad.
– Principio de conducta procedimental.
– Principio de celeridad.
– Principio de eficacia.
– Principio de verdad material.
– Principio de participación.
– Principio de simplicidad.
– Principio de uniformidad.
– Principio de predictibilidad.
b) Derechos constitucionales.- Dentro de los que destacan:
– Derecho fundamental a un debido procedimiento administrativo.
– Derecho a la intimidad: la reserva bancaria y tributaria.
– Derecho a la inviolabilidad de domicilio.
– Derecho a la inviolabilidad de comunicaciones y documentos privados.
– Derecho al secreto profesional.
c) Derechos legales.- Son los reconocidos en el artículo 92 del Código Tributario, que serán listados y explicados en la pregunta 047.
Fuente: SUNAT


























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