¿Cuánto de multa debo pagar si omito datos en mi declaración?

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La SUNAT tiene reglamentos en las que la infracción a ellas, genera multas a los contribuyentes. En este blog, veremos un caso en el cual podamos calcular cuanto de multa correspondería depende al tipo de infracción cometida y si esta multa puede ser descontada.

La empresa «Perú Contable SAC» (acogida al regimen general), presentó su PDT 621 del período febrero de 2025, en el que consideró un IGV de ventas de S/. 90,000 y un IGV de compras de S/.50,000.

Al poco tiempo, el gerente descubre que el monto del registro de compras en realidad era de 30,000 soles y se había omitido 20,000 soles en compras. Dada ésta situación, le hace la consulta a un especialista para determinar a cuanto ascendería su multa y si podría tener algún beneficio, ya que no había sido notificado aún por SUNAT.

Lee también: ¿Cuánto es la multa por no declarar la renta de primera categoría?

DATOS:

Declaración Original:

IGV VENTAS90,000
IGV COMPRAS50,000
IGV A PAGAR40,000

Como debería ser declarado:

IGV VENTAS90,000
IGV COMPRAS30,000
IGV A PAGAR60,000

Analizando el cuadro, vemos que el tributo omitido es de 20,000 SOLES

En cuanto a la sanción, la norma dice que el 50% del tributo omitido no debe ser menor del 5% de la UIT.

Tributo omitido: S/                 20,000
50% del tributo omitido: S/                 10,000
UIT 2025: S/     5.350
5% S/     267.5

Observamos que, el 50% de tributo omitido es mayor al 5% de la UIT (10,000 > 267.5 ), por lo tanto, si está cumpliendo con lo que dice la norma.

GradualidadDetalle
Primera95% subsanación y pago voluntario
Segunda70% una vez notificada la resolución de multa y antes del vencimiento del plazo establecido
Tercera60% Vencido el plazo de la resolución de multa y surta efecto el valor
Cuarta 40% si se reclamo el valor y antes de culminado el plazo para apelar

Voluntaria con pago

  • Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000
  • Gradualidad (95% * 10,000 ) = S/. 9,500
  • Multa a pagar ( 10,000 – 9,500 ) = S/. 500

Notificada la multa

  • Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000
  • Gradualidad (70% * 10,000 ) = S/. 7,000
  • Multa a pagar ( 10,000 – 7,000 ) = S/. 3,000

Notificada la orden de pago

  • Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000
  • Gradualidad (60% * 10,000 ) = S/. 6,000
  • Multa a pagar ( 10,000 – 6,000 ) = S/. 4,000

Reclamado

  • Multa a considerar (50% del tributo omitido) = S/. 10,000
  • Gradualidad (40% * 10,000 ) = S/. 4,000
  • Multa a pagar ( 10,000 – 4,000 ) = S/. 6,000

Solución:

EL especialista le comenta al gerente que existen 4 gradualidades en las que la multa varían, y que al empresario le correspondería pagar solamente 500 soles, debido a que aún no lo ha notificado SUNAT y sería un pago voluntario (1era Gradualidad).


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