Los plazos de fiscalización son un elemento esencial para garantizar seguridad jurídica en los procedimientos tributarios. Cuando la SUNAT decide prorrogarlos, debe sustentar de manera clara, específica y objetiva las razones que justifican dicha extensión. Sin embargo, no todas las prórrogas cumplen con este estándar, y el Tribunal Fiscal ha establecido criterios importantes sobre cuándo una prórroga es válida y cuándo debe ser declarada nula.
A continuación, se presentan casos prácticos que ilustran situaciones reales sobre la validez o nulidad de las prórrogas de fiscalización, basados en recientes pronunciamientos del Tribunal Fiscal.
CASO 1 – Prórroga con motivos genéricos → NULIDAD
Situación:
SUNAT fiscaliza a Textiles Imperio SAC por el Impuesto a la Renta.
Al mes 12, emite una carta de prórroga indicando:
“Debido al alto volumen de operaciones se requiere ampliar el plazo”.
No detalla qué operaciones faltan, qué documentos no se han obtenido ni qué tareas quedan pendientes.
Acción de la empresa:
Cuestiona la prórroga ante el Tribunal Fiscal.
Resultado:
Se declara nula la prórroga por motivación insuficiente.
Los requerimientos enviados después del vencimiento del plazo original pierden validez.
Lección:
Las prórrogas no pueden basarse en frases vacías; requieren motivación concreta.}
CASO 2 – Prórroga bien sustentada → VÁLIDA
Situación:
SUNAT fiscaliza a Corporación Andina y necesita verificar contratos que están en poder de un tercero (proveedor extranjero).
La empresa demuestra que los documentos recién llegarán en 15 días.
SUNAT emite prórroga indicando:
- Fecha en que pidió los documentos
- Evidencia de retraso del tercero
- Tareas específicas que no se pueden cerrar sin ellos
- Cronograma pendiente
Acción:
La empresa revisa y acepta.
Resultado:
La prórroga es válida y el procedimiento continúa.
Lección:
Si la causa es concreta, verificable y detallada, la prórroga es procedente.
CASO 3 – Fiscalización parcial convertida en definitiva fuera de plazo → NULIDAD
Situación:
SUNAT inicia fiscalización parcial a Energía del Sur SAC (plazo: 6 meses).
Al mes 8 intenta convertirla en fiscalización definitiva.
Acción de la empresa:
Impugna la notificación.
Resultado:
El Tribunal Fiscal declara la ampliación inválida porque la conversión debe hacerse dentro del plazo.
Actos posteriores quedan sin efecto.
Lección:
SUNAT no puede ampliar el alcance si ya venció el plazo legal.
CASO 4 – Prórroga enviada después del vencimiento → NULIDAD AUTOMÁTICA
Situación:
A Electro Metales SAC le vence el plazo de fiscalización el 10 de septiembre.
SUNAT envía carta de prórroga el 15 de septiembre.
Acción:
La empresa presenta queja.
Resultado:
Nulidad automática: no se puede ampliar un procedimiento que ya venció.
Lección:
El plazo máximo de fiscalización es un límite legal estricto.
CASO 5 – SUNAT envía prórroga para “revisar temas complejos” → NULIDAD
Situación:
SUNAT fiscaliza a Hotel Los Cedros SAC.
En la prórroga señala:
“La empresa pertenece a un grupo empresarial complejo”.
No indica qué transacciones faltan revisar ni por qué no terminaron a tiempo.
Acción:
La empresa contesta indicando falta de motivación.
Resultado:
El Tribunal declara la prórroga nula por ser solo una frase genérica.
Lección:
La SUNAT debe indicar hechos concretos, no descripciones abstractas.
CASO 6 – La empresa entrega documentos tarde → prórroga válida
Situación:
Transportes Vencedores SAC demora 25 días en entregar libros contables digitalizados.
SUNAT acredita estas demoras, mostrando correos, fechas y pedidos reiterados.
SUNAT prorroga la fiscalización explicando:
- Retraso atribuible al contribuyente
- Imposibilidad de culminar la auditoría sin esos libros
- Fechas exactas de recepciones parciales
Resultado:
Prórroga válida por causa objetiva y documentada.
Lección:
Si el retraso proviene del contribuyente, la prórroga es legítima.
CASO 7 – Prórroga parcial válida, pero algunos actos terminan siendo nulos
Situación:
SUNAT motiva la prórroga correctamente respecto a IGV, pero envía requerimientos adicionales sobre Renta de tercera categoría, tema no mencionado en la prórroga.
Acción:
La empresa impugna solo esos requerimientos extra.
Resultado:
El Tribunal Fiscal declara:
La prórroga válida solo para IGV
Nulos los requerimientos sobre Renta porque se emitieron fuera del plazo válido
Lección:
La prórroga no autoriza a SUNAT a ampliar el alcance sin motivación adicional.
En Perucontable seguiremos publicando casos prácticos sobre los temas tributarios más relevantes. Nuestro objetivo es brindar contenido claro, aplicado y útil para contadores, estudiantes y profesionales que buscan mantenerse actualizados y fortalecer su toma de decisiones.


























![SIRE: ¿Ese error es mío o de SUNAT? [Casos]](https://www.perucontable.com/tributaria/wp-content/uploads/2025/06/sunat-sire-218x150.jpg)







