Aprueban disposiciones para la presentación de la declaración informativa del TRUST

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voces: TUO del código tributario  declaración jurada informativa  declaraciones juradas informativas  declaración jurada rectificatoria declaración jurada sustitutoria  TUO de la ley de la LIR.

Norma:

Resolución de Superintendencia N° 177-2016/SUNAT

Fecha de publicación: 24.07.2016

Comentario:

Considerando la adhesión del Perú al Foro Global sobre la Transparencia y el Intercambio de Información con Fines Fiscales, compromiso que pretende buscar la transparencia y el intercambio de información en materia tributaria a fin de combatir la elusión y evasión fiscal a nivel internacional a través de la cooperación entre los distintos estados, la Administración Tributaria ha establecido, mediante la norma en comentario, las disposiciones para la presentación de la declaración jurada informativa sobre Trust, medio a través del cual se relevará la información respecto a este tipo de contratos privados a efectos de su uso en una eventual verificación o fiscalización posterior de ser el caso.

¿Qué se entiende por Trust?

Para efectos de la referida declaración informativa, se define a este tipo de contrato como la relación “A la relación jurídica creada de acuerdo a las fuentes del derecho extranjero, por acto entre vivos o mortis causa, mediante la cual el constituyente coloca todo o parte de su patrimonio, bajo la administración, gestión o control de uno o varios trustees, a favor de uno o más beneficiarios o con fines determinados”.

Bajo este concepto, se infiere que en este tipo de contratos el trustee, en su calidad de administrador o gestor, si bien es considerado como propietario del patrimonio otorgado, no ejerce un dominio completo sobre el mismo, toda vez que tiene una obligación a cumplir frente a los beneficiarios, bajo las condiciones establecidas en la escritura de constitución.

Este tipo de contratos no solo aplicará desde el punto de vista empresarial, sino también como una alternativa o complemento testamentario o como una modalidad de protección del patrimonio personal o familiar.

Objeto de la presentación de la Declaración Informativa de los Trust

Si bien la norma en comentario no señala de manera expresa cual es el objetivo, se presume que la información a proporcionar servirá como una herramienta potencial para la Administración Tributaria para la lucha contra la evasión o elusión fiscal, ello en tanto es conocido el uso de estas figuras como mecanismos de reducción de impuestos o elusión fiscal como parte de un planeamiento tributario.

Volviendo a lo dispuesto en la referida norma, esta declaración tiene carácter de declaración jurada conforme los alcances previstos en el artículo 88° del Código Tributario, lo cual supone la aplicación al sujeto obligado a su presentación, de las infracciones previstas en dicho plexo legal ante su inobservancia.

Principales alcances de la norma en comentario

A continuación resumimos en el siguiente cuadro las disposiciones previstas en la norma en comentario:

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Vigencia:

La Resolución de Superintendencia N° 177-2016/SUNAT rige a partir del 01.01.2017.

Fuente: Caballero Bustamante.
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