¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos?

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Contribuyentes obligados

Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.

La Resolución de la SUNAT indicará la fecha de inicio de la obligación de emitir comprobantes de pago electrónicos, si se asigna dicha calidad respecto de todas o parte de sus operaciones y, si pueden usar, indistintamente, cualquiera de los sistemas comprendidos en el Sistema de Emisión Electrónica.

En el siguiente enlace podrá consultar si se encuentra obligado a ser emisor electrónico de comprobantes electrónicos: Padrón Obligados.

Relación de Emisores Electrónicos

Recuerda que también debes evaluar si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos a fin de verificar si te encuentras obligado a emitir tus comprobantes de manera electrónica.

Actividad

Fecha de obligación Resolución de Superintendencia  

Arrendamiento de inmuebles situados en el país cuando debas emitir facturas

01.07.2017

N° 123-2017/SUNAT
Operaciones de exportación (con las excepciones reguladas por las normas) Desde el momento en que se realice la primera operación de exportación. N° 155-2017/SUNAT

N° 312-2017/SUNAT

 A partir del 2017 obtengan ingresos anuales por un monto  igual o mayor a 150 UIT 01 de noviembre del año siguiente a aquel en que se supera el referido monto. N° 155-2017/SUNAT
Nuevos inscritos al RUC (2018) afectos al Régimen General, Régimen Especial o Régimen MYPE Tributario Primer día calendario del tercer mes siguiente al de su inscripción
Servicio de crédito hipotecario 01.07.2018. o desde que deban emitir comprobante de pago por el servicio mencionado N° 245-2017/SUNAT
Emisor electrónico por elección Por elección hasta el 31.12.2017 Por elección hasta el 01.01.2018 N° 340-2017/SUNAT
Será emisor designado desde el 1.11.2018 Primer día calendario del sexto mes siguiente de emitido el primer comprobante de pago electrónico.
Bajas de Oficio bajo determinados supuestos   Desde su reinscripción o afectación a tributos establecidos por la norma. N° 246-2016/SUNAT
Quienes deban emitir una liquidación de compra 01.07.2018 N° 317-2017/SUNAT

Fuente: SUNAT

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