¿Te toca laborar el 30 de agosto? Descubre cuánto debes recibir en este feriado!

¿Sabías que trabajar en un feriado como el 30 de agosto puede significar un ingreso extra en tu bolsillo? Descubre cuánto debes recibir por laborar en esta fecha especial y cómo proteger tus derechos laborales en nuestro último blog. ¡No te lo pierdas!

Feriado del 30 de agosto:

Este viernes 30 de agosto, los peruanos celebramos un feriado en honor a Santa Rosa de Lima, patrona de la Policía Nacional del Perú. Durante esta fecha, muchas familias aprovechan para viajar o compartir tiempo juntos, pero también existen trabajadores que deberán laborar ese día y pueden tener dudas sobre la compensación que les corresponde.

Derechos Laborales: ¿Qué dice la ley?

Según el Decreto Legislativo 713, los trabajadores tienen derecho a descansar durante los feriados nacionales establecidos por ley. Sin embargo, si un trabajador debe laborar en un feriado, como el 30 de agosto, y no recibe un descanso sustitutorio, tiene derecho a recibir una remuneración adicional.


¿Cuánto deben pagar por trabajar el 30 de agosto?

De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el pago que un trabajador debe recibir por laborar durante el feriado del 30 de agosto comprende tres conceptos:

  1. Remuneración por el feriado: Este monto ya está incluido en el salario mensual.
  2. Remuneración diaria por el trabajo realizado: Corresponde al salario diario del trabajador.
  3. Sobretasa del 100%: Un pago adicional equivalente al 100% de la remuneración diaria.

Por ejemplo, si un trabajador recibe un salario mensual de S/1.500, su remuneración diaria es de S/50. Si trabaja el 30 de agosto, sin descanso sustitutorio, recibiría S/50 por el día trabajado más S/50 adicionales, lo que equivale a un total de S/100 adicionales a su salario mensual.

¿Qué hacer si no recibes el pago correspondiente?

Si un trabajador no recibe la compensación adecuada por laborar durante el feriado, puede presentar un reclamo ante Sunafil o recurrir a la vía judicial para hacer valer sus derechos. Las empresas que incumplan esta obligación pueden ser multadas con sanciones que van desde S/1.184,50 hasta S/270.529, dependiendo del número de trabajadores afectados y el sector de la empresa.

Fuente: La República

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